La Costumbre Internacional: Fundamentos, Obligatoriedad y su Relación con los Tratados
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La Costumbre Internacional
Concepto de la Costumbre Internacional
La costumbre internacional es una fuente formal del derecho internacional, conforme a lo estipulado en el artículo 38, apartado 1, literal b), del Estatuto del Tribunal Internacional de Justicia. El concepto de costumbre internacional no difiere sustancialmente del concepto de costumbre interna; la principal diferencia radica en su ámbito de origen y aplicación: una costumbre interna o estatal surge dentro de las fronteras de un Estado, mientras que una costumbre internacional se genera en la comunidad internacional.
En relación con la naturaleza y obligatoriedad de la costumbre internacional, existen dos teorías principales y contrapuestas:
- Teoría Voluntarista: Sostiene que las costumbres internacionales solo obligan a aquellos Estados que, durante el proceso de formación de la costumbre, no se hayan opuesto a ella de forma contundente y sistemática (figura del "objetor persistente").
- Teoría Objetivista: Postula que las costumbres internacionales obligan a todos los Estados, independientemente de que se hayan opuesto o no a ellas durante su proceso de formación.
Entre estas dos teorías, la teoría voluntarista es la que goza de mayor aceptación tanto en la doctrina como en la jurisprudencia internacionales. Esto implica que una costumbre internacional, por regla general, no obligará a un Estado que se haya opuesto a ella de manera inequívoca y constante (objetor persistente) durante su período de gestación.
Interacción entre la Costumbre Internacional y los Tratados
La costumbre internacional y los tratados, como fuentes formales del derecho internacional, pueden interactuar de tres maneras principales:
- Efecto Declarativo: Se produce cuando una disposición de un tratado se limita a enunciar o codificar una norma consuetudinaria preexistente. En este caso, el tratado formaliza por escrito una costumbre ya vigente.
- Efecto Cristalizador: Ocurre cuando una disposición de un tratado contribuye a la consolidación final de una norma consuetudinaria que se encontraba en proceso de formación (in statu nascendi). La adopción del tratado y su disposición específica ayudan a "cristalizar" la costumbre, definiendo su contenido y alcance.
- Efecto Generador o Constitutivo: Tiene lugar cuando una disposición de un tratado, por su carácter normativo y la práctica ulterior conforme a ella por parte de los Estados (incluidos aquellos no partes en el tratado), da origen a una nueva norma de costumbre internacional. Un ejemplo de este efecto se relaciona con el artículo 38 del Convenio de Viena sobre el Derecho de los Tratados (como se pudo haber examinado, por ejemplo, en el contexto del seminario 2), que aborda cómo las normas de un tratado pueden llegar a ser obligatorias para terceros Estados como normas consuetudinarias.