Criterios de Admisión y Promoción Escolar en Andalucía

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Admisión del Alumnado

Las administraciones educativas serán las encargadas de regular la admisión del alumnado. Cuando no existan plazas suficientes, el proceso de admisión se regirá por los siguientes criterios de prioridad:

  1. Vínculos familiares: Existencia de hermanos o hermanas matriculados en el centro, o padres, madres o tutores legales que trabajen en el mismo.
  2. Proximidad: Cercanía del domicilio o del lugar de trabajo de alguno de sus padres, madres o tutores legales.
  3. Discapacidad: Condición de discapacidad en el alumno o alumna, o en alguno de sus padres, madres o hermanos.
  4. Familia numerosa: Pertenencia del alumno o alumna a una familia numerosa.
  5. Familia monoparental: Condición de familia monoparental, siempre que el alumno o alumna sea menor de edad o mayor de edad sujeto a patria potestad prorrogada o tutela.

Nota: Ninguno de estos criterios tendrá carácter excluyente.

En ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo

El Sistema Educativo Público de Andalucía garantizará el acceso y la permanencia en el sistema educativo del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

Para ello, la Administración educativa reservará, hasta el período final de matrícula, un máximo de tres plazas por unidad en centros públicos y privados concertados para este alumnado.

Promoción del Alumnado

Al finalizar cada uno de los ciclos, y como consecuencia del proceso de evaluación, el profesorado del grupo adoptará las decisiones correspondientes sobre la promoción. Las reglas generales son las siguientes:

  • El alumnado accederá al ciclo o a la etapa siguiente siempre que se considere que ha alcanzado el desarrollo correspondiente de las competencias básicas y el adecuado grado de madurez.
  • Cuando no se cumplan las condiciones señaladas, el alumno o alumna permanecerá un año más en el mismo ciclo. La decisión será adoptada de forma colegiada por el equipo docente, oídos el padre, la madre o los tutores legales.
  • Se promocionará al curso siguiente cuando se hayan superado los objetivos de las materias cursadas o se tenga evaluación negativa en dos materias como máximo. Se repetirá curso con evaluación negativa en tres o más materias.
  • Quien promocione sin haber superado todas las materias seguirá un programa de refuerzo destinado a la recuperación de los aprendizajes no adquiridos y deberá superar la evaluación correspondiente a dicho programa.
  • El alumnado podrá repetir el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo dentro de la etapa. Excepcionalmente, podrá repetir una segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en cursos anteriores de la etapa.
  • La escolarización del alumnado con altas capacidades intelectuales se flexibilizará de conformidad con la normativa vigente.

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