Criterios de Interpretación Jurídica: Sistemático, Teleológico y Sociológico
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Criterios de Interpretación Jurídica
A continuación, se presentan los criterios fundamentales para la interpretación jurídica, esenciales para comprender y aplicar el derecho de manera efectiva.
2. Criterio Sistemático
El criterio sistemático implica la comparación sistemática de una norma con normas semejantes del mismo sistema jurídico. Se trata de determinar claramente cuáles son los enunciados del sistema jurídico que pueden tener una incidencia directa o indirecta a efectos de la regulación de la materia de que se trate.
Se analiza la posición peculiar que tal enunciado normativo ocupa en el ordenamiento jurídico (OJ), examinando las conexiones lógicas que guarda el enunciado con el resto de enunciados del sistema y teniendo muy claro el reconocimiento de su adscripción a un determinado sector normativo (ej. derecho civil, derecho tributario, penal). Se valora su repercusión dentro del derecho.
En la actualidad, este criterio interpretativo es más trascendente debido a:
- La complejidad de los modernos ordenamientos jurídicos.
- La necesidad de excluir interpretaciones jurídicas que resulten incompatibles o contrarias con el sentido general del sistema.
3. Criterio Teleológico (Criterio del Fin)
El ordenamiento jurídico es un sistema porque tiene presentes unos valores que subyacen al conjunto de reglas que lo integran a la hora de proceder a su interpretación.
Así, para interpretar los enunciados normativos, se consideran (no como enunciados implantados por el legislador con objetivos concretos) como disposiciones que vivifican valores y principios generales del sistema. Es necesario tener en cuenta los valores y principios en los que se basa el enunciado y el ordenamiento del que forma parte.
Una interpretación que no tenga en cuenta este criterio es ciega, ignorante del camino a seguir.
4. Criterio Sociológico
Este criterio representa otra cara del elemento histórico.
Se basa en la teoría objetiva, que implica tener en cuenta las circunstancias ambientales que rodean a la aplicación de cada disposición jurídica.
Un enunciado jurídico debe adaptarse a distintas situaciones, por lo que su interpretación del contenido normativo de la disposición debe tener en cuenta las distintas circunstancias de las situaciones en las que se aplica (realidad social y temporal en la que se produce tal acontecimiento).
Resulta razonable que la interpretación de un enunciado jurídico tenga presente el contexto socio-temporal que rodea la producción del supuesto de hecho y la propia realización de la interpretación de la disposición jurídica que lo regula.
Este criterio tiene mayor relevancia por el prestigio que tienen en nuestros días las interpretaciones objetivas y evolutivas del derecho.