Criterios Legales para Acogimiento y Adopción: Procedimiento de Idoneidad
Clasificado en Derecho
Escrito el en
español con un tamaño de 2,63 KB
Criterios de evolución para acogimientos (simples o permanentes)
- 1º Criterio: Se prioriza evitar la separación de hermanos.
- 2º Criterio: Permanencia en la familia extensa.
- 3º Criterio: Preferencia por los acogedores de hecho.
- 4º Criterio: Familiares o personas que cuenten con el consentimiento de los padres.
- 5º Criterio: Actitud de los acogedores respecto a la relación del menor con sus padres biológicos.
- 6º Criterio: Especificaciones para otras parejas o familias:
- Preferencia por matrimonios o parejas unidas por relación de afectividad análoga.
- Posibilidad de asignación de un menor durante el año siguiente al nacimiento o adopción de otro menor.
- La edad del acogedor más joven no puede superar en 45 años a la del menor.
Criterios de selección para acogimiento preadoptivo o adoptivo
- 1º Criterio: Preferencia a la familia extensa o acogedores de hecho.
- 2º Criterio: La selección de la pareja o personas adecuadas prioriza las características y necesidades del menor, no el orden cronológico de la declaración de idoneidad.
- 3º Criterio: Preferencia por matrimonios o parejas unidas por relación de afectividad análoga.
- 4º Criterio: Tendrán preferencia las familias con otros menores en el hogar, siempre que el caso lo identifique como positivo.
- 5º Criterio: No puede adoptarse un menor en el año siguiente al nacimiento o adopción de otro menor.
- 6º Criterio: La edad de la persona más joven no puede superar en 45 años a la del menor.
Declaración de idoneidad: Procedimiento
- 1º Paso: Presentación de la solicitud y la documentación requerida a través del registro.
- 2º Paso: Instrucción del procedimiento y asignación de un número de expediente a la solicitud.
- 3º Paso: Trámite de audiencia. Se notifica a la persona o pareja el número de expediente, otorgando la posibilidad de solicitar, en todo momento, copia de los documentos adjuntos. Se remite el expediente a la Comisión del Menor.
- 4º Paso: Propuesta de resolución. La Comisión del Menor valora toda la información de la documentación presentada y se realizan distintas entrevistas.
- 5º Paso: Resolución. Firma del consejero o consejera, ya sea positiva o negativa.