Cuestiones Esenciales de Procedimientos y Sanciones Tributarias en España
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Este documento presenta una serie de preguntas de opción múltiple diseñadas para evaluar el conocimiento sobre aspectos fundamentales de los procedimientos tributarios, las sanciones y los recursos administrativos y contencioso-administrativos en el ámbito de la Ley General Tributaria (LGT).
Parte 1: Fundamentos y Casos Prácticos
Cuestión 1: Cálculo de Deuda Tributaria
A la Sra. Martín le liquidan una deuda por presentación extemporánea de un impuesto. De esta forma, le dicen que debe: 1000 € de cuota del impuesto, 150 € por recargo por presentación extemporánea, y una sanción por declaración inexacta de 100 €. La deuda tributaria, a efectos de la LGT, será:
- a) 1100 €
- b) 1250 €
- c) 1150 €
Cuestión 2: Caducidad del Proceso Sancionador
Iniciado el proceso sancionador, si transcurren los seis meses:
- a) Caduca el proceso, pero puede iniciarse de nuevo y aprovecharse de lo actuado.
- b) Caduca y ha de iniciarse de nuevo, no siendo de provecho lo actuado.
- c) No puede iniciarse un nuevo proceso.
Cuestión 3: El Recurso de Reposición Tributario
El recurso de reposición en el ámbito tributario...
- a) Es potestativo siempre.
- b) Es obligatorio siempre.
- c) Suele ser potestativo, pero puede ser obligatorio, en especial en la Hacienda Local.
Cuestión 4: Reducción de Sanciones por Pago Voluntario
¿Existe alguna reducción en las sanciones si no se recurre y se abona en período voluntario?
- a) No, solo si se firma con acuerdo.
- b) Sí, el 25%.
- c) Sí, el 65%.
Cuestión 5: Demanda Contencioso-Administrativa Directa
¿Puede interponerse una demanda contencioso-administrativa contra una liquidación directamente?
- a) No, es obligatorio, al menos, presentar recurso de reposición.
- b) Sí.
- c) No, es preciso agotar la vía administrativa.
Cuestión 6: Principio Non Bis in Idem en Sanciones
Al Sr. Patapalo le han sancionado con una multa de 150.000 euros por infracciones en el IRPF, con defraudación de cuota. En la graduación de la misma se ha tenido en cuenta que la contabilidad era deficiente como agravante para incrementar el porcentaje de sanción. Tres meses más tarde le llega una propuesta de sanción por defectos en la contabilidad de esos mismos ejercicios.
- a) No cabe nuevo procedimiento de sanción sobre esos hechos.
- b) Cabe nuevo procedimiento sancionador al ser distinto el bien jurídico protegido.
- c) Cabe nueva sanción, pero se reducirá al haberse tenido en cuenta en el procedimiento anterior.
Cuestión 7: Suspensión de Ejecución por Recurso de Reposición
La sanción impuesta, recurrida en reposición, ¿suspende la ejecución?
- a) En todo caso.
- b) Solo si se aporta garantía o se acordara la exención de la misma por causa excepcional.
- c) No, salvo que se avale bancariamente.
Cuestión 8: Instrucción Separada del Procedimiento Sancionador
¿El procedimiento sancionador se puede instruir separadamente?
- a) En ningún caso.
- b) Es la regla general.
- c) Siempre y sin excepción alguna.
Cuestión 9: Suspensión de Ejecución en Contencioso-Administrativo
Solicitada la suspensión de la ejecución en el procedimiento contencioso-administrativo...
- a) Puede iniciarse el apremio si no se encuentra avalada la deuda o la resolución.
- b) No puede iniciarse el apremio hasta que se resuelva y notifique la resolución.
- c) No se acordará si no se había garantizado en vía administrativa.
Cuestión 10: Competencia para Impugnar Liquidación IRPF
El Sr. Rico, residente en Sevilla, poseedor de un importante patrimonio, decide impugnar una liquidación por el IRPF de 2 millones de euros. Por ello, deberá interponerlo:
- a) Necesariamente en el TEARA (Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía).
- b) Necesariamente en el TEAC (Tribunal Económico-Administrativo Central).
- c) A su elección en el TEAC o en el TEARA.
Parte 2: Cuestiones Adicionales y Profundización
Cuestión 1: Suspensión de Ejecución en Vía Contenciosa (Sanción)
La sanción impuesta, recurrida en vía contencioso-administrativa, ¿suspende la ejecución?
- a) En todo caso.
- b) Solo si se aporta garantía o se acordara la exención de la misma por causa excepcional.
- c) No, salvo que se avale bancariamente.
Cuestión 2: Sanción por No Aportar Documentación Incriminatoria
En el procedimiento sancionador, ¿se puede instruir sanción por no aportar documentación incriminatoria?
- a) En ningún caso, por suponer una infracción del derecho a no declarar contra uno mismo.
- b) Sin dudarlo y sin excepción.
- c) En principio sí, pero está pendiente de decisión jurisprudencial.
Cuestión 3: Suspensión de la Ejecución de la Sanción en Contencioso-Administrativo
Solicitada la suspensión de la ejecución de la sanción en el procedimiento contencioso-administrativo...
- a) Puede iniciarse el apremio si no se encuentra avalada la deuda.
- b) No puede iniciarse el apremio hasta que se resuelva y notifique la resolución.
- c) Se suspende automáticamente.
Cuestión 4: Competencia para Impugnar Liquidación IRPF (Repetición)
El Sr. Rico, residente en Sevilla, poseedor de un importante patrimonio, decide impugnar una liquidación por el IRPF de 2 millones de euros. Por ello, deberá interponerlo:
- a) Necesariamente en el TEARA (Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía).
- b) Necesariamente en el TEAC (Tribunal Económico-Administrativo Central).
- c) A su elección en el TEAC o en el TEARA.
Cuestión 5: Cálculo de Deuda Tributaria con Intereses
A la Sra. Martín le liquidan una deuda por presentación extemporánea de un impuesto. De esta forma, le dicen que debe: 1000 € de cuota del impuesto, 150 € por recargo por presentación extemporánea, 20 € de intereses y una sanción por declaración inexacta de 100 €. La deuda tributaria, a efectos de la LGT, será:
- a) 1170 €
- b) 1250 €
- c) 1150 €