Cumplimiento de Obligaciones: El Pago y sus Efectos en el Derecho

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El Pago

Constituye el medio o modo voluntario por excelencia del cumplimiento de la obligación. Desde el punto de vista técnico-jurídico, el pago es el cumplimiento de la obligación, independientemente de que consista en la entrega o no de una suma de dinero.

Elementos del Pago

  • Una obligación válida: Supone la existencia de una obligación válida, es decir, que no esté nula o anulable.
  • La intención de extinguir una obligación o intención de pagar: El ánimo o deseo por parte del deudor de extinguir la obligación. La intención debe existir.
  • Los sujetos del pago: El solvens o quien efectúa el pago, quien en general, pero no necesariamente, es el deudor. Y el accipiens o persona que recibe el pago, quien general, pero no necesariamente, es el acreedor.
  • El objeto del pago: La cosa, actividad o conducta que el deudor se ha comprometido a efectuar o realizar en beneficio del acreedor. Consiste en el cumplimiento de la prestación debida por el deudor, y varía si se trata de una obligación de dar, hacer o no hacer.

Principios que Rigen el Pago

  • Identidad del pago: El pago debe ser idéntico a la prestación debida, debe comprender dicha prestación y nada más que ella. Artículo 1290 del Código Civil (este principio no es de orden público, acreedor y deudor pueden convenir que el pago sea distinto a lo acordado).
  • Integridad del pago: El pago debe ser completo, comprender toda la prestación debida. El deudor no puede pretender cumplir en parte la prestación prometida. De aquí deviene el principio en doctrina conocido como indivisibilidad del pago.

Efectos Ordinarios del Pago

  • Pago total: El pago total efectuado válidamente por el deudor a su acreedor extingue la obligación contraída y todo lo que constituya sus accesorios.
  • Pago parcial: En el caso de pago parcial aceptado por el acreedor, se extingue la deuda sólo por la parte correspondiente, de modo que produce una liberación parcial para el deudor.
  • Imputación del pago: Es la asignación o aplicación del pago a una obligación entre varias, obligación que se extingue según la asignación que se efectúa. Ocurre cuando entre un mismo acreedor y un mismo deudor existen varias obligaciones, de igual naturaleza y con idéntico objeto, debiendo entonces determinarse a cuál de las deudas debe asignarle el pago efectuado por el acreedor.

La dación en pago es una institución en virtud de la cual el deudor da al acreedor una cosa distinta de la debida, extinguiéndose la obligación entre ambos.

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