Deberes de la Empresa en Prevención de Riesgos Laborales

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Deberes Generales

Garantizar la seguridad y la salud de sus trabajadores.

Integrar la actividad preventiva en todas las fases de la actividad de la empresa.

Cumplir la normativa de prevención de riesgos laborales.

Asumir el coste de las medidas de seguridad y salud, sin cargarlas sobre el trabajador.

Deberes con Respecto a los Trabajadores

Deber de informar y formar a los trabajadores sobre:

  • Los riesgos existentes en todo el centro de trabajo y, en concreto, en su puesto.
  • Las medidas de prevención y protección aplicadas en la empresa a dichos riesgos: cómo actuar en situaciones de emergencia, cómo utilizar los equipos de protección individual, etc.
  • El manejo adecuado de las máquinas y herramientas y los dispositivos de seguridad.

Se proporcionará formación e información al trabajador cada vez que utilice equipos de trabajo nuevos, se introduzcan nuevas tecnologías o cambie de puesto o de funciones. La formación será teórica y práctica.

Paralizar la actividad de la empresa en caso de riesgo grave e inminente: el empresario tomará las medidas oportunas y suministrará las instrucciones precisas. Si no lo hiciera así, los representantes de los trabajadores podrán acordar, por mayoría, paralizar la actividad laboral.

Vigilar de forma periódica la salud de los trabajadores con su consentimiento. Si bien, no será necesario su permiso si existe un riesgo para la salud del propio trabajador, de sus compañeros o de terceras personas.

Consultar y permitir a los trabajadores su participación en materia de prevención a través de sus representantes.

Facilitar a los trabajadores los equipos y medios de protección adecuados.

Proporcionar una especial protección a determinados colectivos: embarazadas, menores de edad, trabajadores temporales y de ETT.

Deberes con Respecto al Centro de Trabajo

Elaborar un plan de prevención propio que comprenda la identificación, evaluación y control de riesgos de la empresa y una estricta planificación de la actividad de prevención y protección.

Organizar los recursos para la actividad preventiva.

Adoptar medidas para situaciones de emergencia.

Elaborar y conservar la documentación específica.

Coordinarse en materia de prevención cuando existan varias empresas en un mismo centro o en caso de contratas y subcontratas. Esta obligación se extiende a los trabajadores autónomos.

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