Declaración Universal de Derechos Humanos: Principios Fundamentales
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Los derechos humanos son inherentes a todos los seres humanos por el simple hecho de serlo. Son propios de la dignidad humana y necesarios para el desarrollo de la personalidad. No podemos renunciar a ellos ni cederlos a nadie. Nunca desaparecen ni caducan, y nadie puede pisotearlos ni quitárnoslos. Ha sido necesaria una larga lucha para conseguirlos, y desde entonces se han convertido en una norma básica para todas las personas del mundo.
Principios Clave de los Derechos Humanos
- Igualdad y Dignidad: Todos los seres humanos nacen con los mismos derechos y dignidad, por lo que deben ser tratados por igual.
- Universalidad: Todos los humanos tienen los derechos y libertades que se encuentran en esta declaración, sin excepción alguna.
- Derecho a la Vida y Seguridad: Todas las personas tienen derecho a la vida, la libertad y la seguridad.
- Prohibición de la Esclavitud: Nadie será esclavo ni siervo de otra persona.
- Prohibición de la Tortura: Ninguna persona puede maltratar, torturar o ejercer penas crueles sobre otro ser humano.
- Personalidad Jurídica: A todos los humanos se les debe reconocer la personalidad jurídica.
- Igualdad ante la Ley: Todos deben ser tratados por igual ante la ley y tienen derecho a su protección.
- Defensa Jurídica: Todo individuo tiene derecho a defender sus derechos por la vía jurídica.
- Protección contra Detenciones Arbitrarias: Nadie puede ser detenido, desterrado o preso sin razón justificada.
- Derecho a un Juicio Justo: Todo ser humano tiene derecho a ser oído en público y por un tribunal independiente.
- Presunción de Inocencia: Toda persona acusada de infringir la ley tiene derecho a ser considerada inocente hasta que se demuestre lo contrario.
- Privacidad: Todo el mundo tiene derecho a que en su vida privada, su familia, su domicilio o en su correspondencia no se entrometa nadie ajeno sin su permiso.
- Libertad de Movimiento: Todo el mundo tiene derecho a la libre circulación y a la elección de su lugar de residencia. Todo ser humano tiene la libertad de salir del país en el que se encuentre y de regresar al suyo.
- Derecho de Asilo: Si alguien es perseguido, tiene la libertad de buscar refugio, aunque sea en otro país, y de disfrutar de él. Este derecho no podrá ser utilizado si la persecución es judicial.
- Nacionalidad: Todo el mundo puede tener una nacionalidad. A nadie se le puede prohibir cambiarse de nacionalidad o el reconocer la ya poseída.
- Derecho al Matrimonio y la Familia: Todo ser humano tiene derecho, a partir de la edad núbil, a contraer matrimonio y a crear una familia. Solo se podrá realizar una boda si los esposos están de acuerdo con ella. Toda familia tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
- Derecho a la Propiedad: Toda persona tiene derecho a tener propiedad privada y a acceder a la pública. A nadie se le prohibirá tener o acceder a su propiedad privada.
- Libertad de Pensamiento, Conciencia y Religión: Todo el mundo tiene libertad de pensamiento, conciencia y religión, y podrá cambiar de religión o creencia, también podrá manifestarla.
- Libertad de Opinión y Expresión: Todo ser humano debe tener libertad de opinión y de expresión y de no ser molestado por ello.
- Libertad de Reunión y Asociación: Toda persona tiene derecho a reunirse pacíficamente. Nadie debe ser obligado a formar parte de una asociación.
- Participación en el Gobierno: Todo el mundo tiene que poder participar en su gobierno por algún medio o de forma directa. Toda persona tiene que poder acceder a las funciones públicas de su país. La voluntad de los ciudadanos tiene que ser tomada en cuenta por medio de elecciones que deberán ser respetadas y celebradas cada cierto periodo de tiempo.
- Seguridad Social: Todo el mundo tiene que poder acceder a la seguridad social.
- Derecho al Trabajo: Toda persona debe tener derecho a un trabajo, a que en este disfrute de unas condiciones equitativas y a tener protección frente al desempleo. Todo el mundo debe cobrar lo mismo que otra persona que trabaje de igual manera. Toda persona tiene derecho a un sueldo justo que le permita vivir con dignidad a él y a su familia. En caso de necesidad, ésta deberá ser completada con asistencia social. Todo el mundo debe disfrutar del derecho de crear libremente sindicatos para defender sus intereses.
- Descanso y Vacaciones: Todo el mundo debe disfrutar de un tiempo de descanso razonable teniendo en cuenta del trabajo que realice y de unas vacaciones pagadas cada cierto tiempo y de una duración previamente acordada.
- Nivel de Vida Adecuado: Todo ser humano debe gozar de una condición de vida adecuada que le permita gozar de salud, de una alimentación, vestimenta, vivienda, asistencia médica y servicios sociales que necesite. También debe poder acceder a los distintos tipos de seguro que ofrezca el país en el que reside. La maternidad y la infancia deben de gozar de cuidados especiales.
- Derecho a la Educación: Todo el mundo debe tener derecho a recibir una educación gratuita, por lo menos la educación elemental, la cual será obligatoria. El objetivo de toda educación debe ser el desarrollo de la persona, el respeto a los demás y a las libertades ajenas. Los tutores de cualquier menor tienen la libertad de escoger la educación que este reciba.
- Participación en la Cultura: Todo el mundo puede decidir si va a tomar parte o no en las actividades culturales de su comunidad. Todo aquel que sea autor de cualquier producción literaria, artística o científica tiene derecho a que se protejan los intereses morales y materiales que le correspondan.
- Orden Internacional: Deberá haber un orden internacional en el que estos derechos se hagan efectivos.
- Deberes con la Comunidad: Todo el mundo tiene unos deberes en su comunidad, ya que solo así se desarrollará su personalidad. Todo ciudadano tendrá que cumplir las limitaciones establecidas por la ley con el fin de que se respeten los derechos ajenos. Estos derechos no serán válidos si son utilizados contra los principios o propósitos de las Naciones Unidas.
- Protección de los Derechos: Nada de lo que se establece en esta declaración podrá utilizarse para quitar algún derecho o libertad recogido en la misma.