Declaración de Warnock, Declaración de la Haya y Tratado de Tokio: Implicaciones Éticas y Legales
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Declaración de Warnock: Investigación con Embriones y Reproducción Asistida
Londres, Inglaterra, 1984.
Principales Supuestos
La "Comisión de Investigación sobre Fecundación y Embriología Humana" (1982-84), presidida por la filósofa Mary Warnock, se formó con 15 miembros de diversas procedencias académicas y laborales. Sus objetivos principales fueron:
- Determinar las implicaciones sociales, éticas y legales de la reproducción asistida.
- Fijar el período del desarrollo embrionario durante el cual debería permitirse la investigación con embriones humanos.
Conclusiones
- Se estableció que la edad límite para la investigación en embriones es de 14 días a partir de la concepción.
- Se adoptó el término jurídico (no biológico ni médico) de "pre-embrión". Este término ha sido utilizado por legisladores de varios países para permitir la reproducción asistida mediante la fecundación in vitro y la transferencia de embriones, lo que implica la creación, manipulación y destrucción de embriones humanos hasta el día 14 de la fecundación. El objetivo de este término fue dar mayor consistencia a las conclusiones y facilitar su aceptación por la opinión pública.
Declaración de La Haya: Salud y Derechos Reproductivos
La Haya, Holanda, 4 y 6 de febrero de 1999.
Principales Supuestos
Reafirma los principios de la CIPD (Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo) de 1994, relativos a:
- Seguridad alimentaria.
- Medio ambiente.
- Salud reproductiva.
- Derechos reproductivos.
También reafirma la Declaración de El Cairo sobre sobrepoblación y desarrollo, adoptada por los parlamentarios.
Tratado de Tokio: Ética Médica y Prohibición de la Tortura
Tokio, Japón, 1975.
Principales Supuestos
Este tratado establece los principios fundamentales de la ética médica en relación con la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes:
- El médico tiene el privilegio y el deber de ejercer su profesión al servicio de la humanidad, preservar y restituir la salud mental y corporal sin prejuicios personales, y aliviar el sufrimiento de sus pacientes.
- Debe mantener el máximo respeto por la vida humana, incluso bajo amenaza, y jamás utilizar sus conocimientos médicos contra las leyes de la humanidad.
Definición de Tortura
Para fines de esta Declaración, la tortura se define como el sufrimiento físico o mental infligido en forma deliberada, sistemática o caprichosamente por una o más personas, que actúan solas o bajo las órdenes de cualquier autoridad, para forzar a otra persona a entregar informaciones, hacerla confesar o por cualquier otra razón.
Declaración y Obligaciones del Médico
- El médico no deberá favorecer, aceptar o participar en la práctica de la tortura o de otros procedimientos crueles, inhumanos o degradantes, cualquiera que sea el delito atribuido a la víctima (sospechosa, acusada o culpable), y cualesquiera que sean sus creencias o motivos, en toda situación, incluido el conflicto armado o la lucha civil.
- El médico no proporcionará ningún lugar, instrumento, sustancia o conocimiento para facilitar la práctica de la tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, o para disminuir la capacidad de resistencia de la víctima a soportar dicho trato.
- El médico debe gozar de una completa independencia clínica para decidir el tipo de atención médica para la persona bajo su responsabilidad. Su papel fundamental es aliviar el sufrimiento, sin que ningún motivo (personal, colectivo o político) lo aleje de este objetivo.
- En el caso de un prisionero que rechace alimentos y a quien el médico considere capaz de comprender racional y sanamente las consecuencias de dicho rechazo, no deberá ser alimentado artificialmente. La decisión sobre la capacidad racional del prisionero debe ser confirmada al menos por otro médico ajeno al caso. El médico deberá explicar al prisionero las consecuencias de su rechazo a alimentarse.
- La Asociación Médica Mundial respaldará y debe instar a la comunidad internacional, asociaciones médicas nacionales y colegas médicos a apoyar al médico y a su familia frente a amenazas o represalias recibidas por haberse negado a aceptar el uso de la tortura y otras formas de trato cruel, inhumano o degradante.