El Decreto-Ley y la Ley en el Sistema Constitucional Español

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Conversión del Decreto-Ley en Ley y Consecuencias

Para que un Decreto-Ley se convierta en una norma estable, necesita ser sometido a un proceso de aprobación como ley. La Constitución Española establece que, en un plazo de 30 días, los Decretos-Leyes podrán tramitarse como proyectos de ley por el procedimiento de urgencia. Si un grupo parlamentario solicita su tramitación como proyecto de ley, la decisión final se someterá al acuerdo del Congreso de los Diputados.

El texto aprobado como ley por el Congreso y el Senado derogará el Decreto-Ley convalidado. Si el Congreso deja pasar los 30 días sin posicionarse ni a favor ni en contra del Decreto-Ley, este quedará derogado automáticamente.

Garantía de los Derechos Fundamentales

El Título I de la Constitución Española, conocido como la parte dogmática, regula los derechos y deberes fundamentales. Estos derechos subjetivos individuales constituyen un estatus jurídico que forma parte del sistema de valores de la comunidad política.

División Vertical de la Garantía de los Derechos

La garantía de los derechos fundamentales corresponde al Tribunal Constitucional (TC) a través de los recursos de inconstitucionalidad y los conflictos de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. El TC también resuelve recursos y conflictos en defensa de la autonomía local.

Irretroactividad de la Ley

Las leyes, como norma general, tienen un carácter irretroactivo. La Constitución Española garantiza la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales. Este principio se conoce como el principio de seguridad jurídica.

¿Puede una ley ser irretroactiva?

Sí, aunque la norma general es la irretroactividad, existen excepciones. La Constitución Española permite la retroactividad de las leyes cuando sean favorables al reo o al sujeto de la norma.

Diferencia entre Ley Orgánica y Ley Ordinaria

Ley Orgánica: Es una ley especial que exige un proceso especial de aprobación, reforma y derogación. Regula materias reservadas como el desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, la aprobación de los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general. La Constitución exige que las leyes orgánicas sean aprobadas por mayoría absoluta del Congreso de los Diputados.

Ley Ordinaria: Son aquellas leyes que no están sometidas a las reservas de la ley orgánica. Regulan las materias que no están reservadas al ámbito de la ley orgánica (artículo 81 de la Constitución). Las leyes ordinarias son aprobadas por las Cortes Generales y los Parlamentos Autonómicos. Para su aprobación, se requiere la mayoría simple de los parlamentarios, aunque puede ser aprobada por el pleno si la Mesa lo considera conveniente.

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