Definición y Clasificación de Sistemas Electorales en Chile

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Definición del Sistema Electoral

1. Ciencia política: concurrencia de voluntades de particulares para la creación de una voluntad general. 2. Jurídica: conjunto de normas que regulan la organización y funcionamiento del sistema electoral.
Sistema de escrutinio: medio para poder llegar al fin que va a ser la autoridad pública.
Fundamento electoral:
1. Artículo 4: Chile es una república democrática porque ésta requiere elecciones periódicas.
2. Artículo 5, inciso 1: la soberanía reside en la nación; la soberanía se puede ejercer de manera directa (elecciones y plebiscitos) o indirecta. Una de las formas de ejercicio de la soberanía es a través de las autoridades que esta establece.
3. Artículo 15, inciso 2: el sufragio personal se relaciona con el Artículo 4 que dice que es democracia, y el 5 con respecto a la soberanía. Mediante el voto se concretiza.

Principios que Inspiran el Sistema Electoral

1. Artículo 5: principio de elecciones periódicas, busca la alternancia en el poder.
2. Artículo 15: principio de reserva constitucional, establece que se pueden llevar a cabo elecciones populares o plebiscitos en las circunstancias que establece la Constitución Política de la República.

Artículo 18: Cuatro Principios

1. Rigidez legislativa: señala que la ley orgánica constitucional, con 4/7 de los senadores y diputados en ejercicio, regulará la organización y el funcionamiento del sistema electoral.
2. Publicidad: que todos tengan acceso a todo el proceso electoral, por ejemplo, el escrutinio "que sea transparente", excepción voto secreto.
3. Igualdad: presente en la Constitución Política, que haya igualdad entre los independientes y los miembros de los partidos políticos, igualdad de condición para salir electos.
4. Garantías de orden público: inciso final, los que están a cargo: fuerzas armadas o carabineros.
Clasificación de Sistemas Electorales
1. Mayoristas: se clasifica en un turno y en dos turnos: primero hay mayorías claras; se está eligiendo solamente a la autoridad porque para poder ser elegidos se requiere la mayoría simple = diputados. En dos turnos se requiere la mayoría absoluta: presidente.
2. Proporcional: está el binominal: senadores y diputados; operaba respecto a las elecciones de senadores y diputados y opera por listas. Se elige diputados, lista A 15% y el otro 20%, y lista B 50% y 15%; se elige a los que tengan más porcentaje. Y por arrastre: lista de doble cantidad de votos de la otra y esa elige a los dos diputados de esa lista.
D'Hondt: se basa en dos principios: número de votos por partido o independiente; ponen los partidos políticos y el número de votos y el número de escaños: autoridades que se quieren elegir.

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