Delitos Financieros y Marco Jurídico del Sistema Bancario

Clasificado en Economía

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1. Antijuridicidad, Punibilidad, Tipicidad y Conducta de Culpabilidad

El estudio del delito se fundamenta en los elementos de antijuridicidad, punibilidad, tipicidad y la conducta de culpabilidad.

2. Causalismo

Se refiere a la teoría del causalismo dentro del ámbito del derecho penal.

3. Fiscales

Relativo a las autoridades y procedimientos fiscales.

5. Ciberseguridad y Delitos Informáticos

  • Malware: Virus que daña, interrumpe y roba datos.
  • Phishing: Envío de correos maliciosos para el robo de información.
  • Denegación de servicios: Ataque que interrumpe el funcionamiento de un ordenador o red.

6. Instituciones de Inteligencia y Protección

La UIF (Unidad de Inteligencia Financiera) y la Unidad Especializada de Delitos Fiscales y Financieros de la Dirección de Protección.

7. Etapas del Lavado de Dinero y Financiamiento

El proceso se divide en: Colocación, Estratificación e Integración; además del Financiamiento del terrorismo.

8. Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores)

Son entidades que administran, invierten y regulan los ahorros de los trabajadores.

9. Definiciones Críticas: Lavado y Terrorismo

Lavado: Introducción de dinero físico al Sistema Financiero (SF) mediante depósitos, compra o inversión con dinero digital; son acciones para que el dinero se vuelva legal.

Terrorismo: Aportación, financiación o recaudación de recursos para crear pánico, atentar contra la seguridad nacional o presionar a la autoridad.

10. Dirección General de Supervisión Financiera

Órgano encargado de la vigilancia y cumplimiento normativo.

11. Delitos en Particular

Se consideran delitos las siguientes conductas:

  • Prestar el servicio de banca y crédito sin contar con la autorización de la SHCP.
  • Ostentarse, mediante nombres comerciales, publicidad o cualquier otro medio, como intermediario o entidad financiera sin serlo.
  • Presentar información o avalúos falsos para obtener crédito.
  • Realizar operaciones ilícitas con tarjetas de crédito, débito, esqueletos de cheques u otros instrumentos.
  • LACP (Ley de Ahorro y Crédito Popular): Presentar a la CNBV información falsa o alterada.
  • Dar préstamos o créditos sabiendo de su falsedad, permitir al deudor desviar el crédito, o dar y ofrecer dinero a cualquier servidor público para que omita actos de su oficio.

Delitos en Casas de Bolsa

Revelar información privilegiada, obtener beneficios mediante el uso de información privada, ocultar u omitir información relevante, participar en actos de manipulación del mercado de valores, y ordenar operaciones inexistentes o irreales.

Delitos en Seguros y Fianzas

Otorgamiento de préstamos indebidos, registros falsos en la contabilidad de documentos e informes dirigidos a la SHCP o CNSF, y falsear la situación de instituciones y sociedades en sus informes a las asambleas de accionistas.

Delitos en Afores

Se prohíbe y sanciona:

  • Crear algún tipo de obligaciones no permitidas.
  • Gravar de cualquier forma su patrimonio.
  • Otorgar garantías o avales.
  • Adquirir acciones representativas del capital social de otras administradoras.
  • Obtener préstamos o créditos, con excepción de los expresamente autorizados por la Comisión.

Delitos en Auxiliares de Crédito

Celebrar operaciones en las que puedan resultar deudores del intermediario financiero, omitir registros de las operaciones, conceder créditos sabiendo la falsedad de montos en activos, presentar a la CNBV datos falsos, así como falsificar, alterar o simular información.

Delitos Transaccionales

La clasificación de estos delitos depende de factores como: tipo, monto, número, frecuencia, naturaleza, instrumento monetario, moneda o medio de pago de las operaciones.

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