Delitos contra el Patrimonio y el Orden Socioeconómico: Análisis del Código Penal Español
Clasificado en Derecho
Escrito el en español con un tamaño de 2,57 KB
Delitos contra el Patrimonio y el Orden Socioeconómico
Artículo 264 ter El que, sin estar debidamente autorizado, produzca, adquiera para su uso, importe o facilite a terceros, con la intención de facilitar la comisión de alguno de los delitos a que se refieren los dos artículos anteriores:
- a) Un programa informático, adaptado para cometer alguno de los delitos a que se refieren los dos artículos anteriores; o
- b) Una contraseña que permita acceder a un sistema de información.
Artículo 264 quater Cuando una persona jurídica sea responsable de los delitos comprendidos en los tres artículos anteriores.
Artículo 265 El que destruyere, dañare, o inutilizare para el servicio, obras, instrumentos o instalaciones militares, u otros medios o recursos del servicio de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Artículo 266
- 1. El que cometiere daños del 263.1 mediante incendio, o provocando explosiones, o que genere un riesgo relevante de explosión, o poniendo en peligro la vida o la integridad de las personas.
- 2. El que cometiere los daños previstos en el 263.2, en cualquiera de las circunstancias mencionadas en el apartado anterior.
- 3. El que cometiere los daños previstos en los artículos 265, 323 y 560, en cualquiera de las circunstancias mencionadas en el 266.1
- 4. En cualquiera de los supuestos previstos en los apartados anteriores, cuando se cometieren los daños concurriendo la provocación de explosiones o la utilización de otros medios de similar potencia destructiva y, además, se pusiera en peligro la vida o integridad de las personas.
En caso de incendio será de aplicación el artículo 351.
Artículo 267 Los daños causados por imprudencia grave en cuantía superior a 80.000 €.
Estos delitos sólo serán perseguibles con denuncia de la persona agraviada o de su representante legal. El Ministerio Fiscal también podrá denunciar cuando aquella sea menor de edad, persona con discapacidad necesitada de especial protección o una persona desvalida.
En estos casos, el perdón del ofendido o de su representante legal, extingue la acción penal.
Elementos Subjetivos
Dolo directo, además de animus damnandi (de hacer) con intención de dañar.
Imprudencia