Delitos uniofensivos

Clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 4,57 KB

a) Delitos simples o básicos y calificados y privilegiados: Básico à homicidio, CALIFICADO, agrava la pena à parricidio (pena más grave porque Es cometido contra un ascendiente o descendiente) y PRIVILEGIADOS à eutanasia, Que excluye la punibilidad o reduce la pena, el infanticidio, atenúa la pena.

b) Según la descripción de la conducta: simples y compuestos: SIMPLES à se refieren a una sola conducta, Viene un solo verbo de acción u omisión: el que mata a otro, el que accede Carnalmente. COMPUESTOS à se refiere a dos o más conductas Ej.: el que hiere o golpea, el que finge ser funcionario público y practica Actos propios de funcionarios públicos. Estos últimos pueden ser COPULATIVAS à deben concurrir todas como el Tráfico de estupefacientes: importar, exportar, vender; y pueden ser ALTERNATIVAS à basta que concurra una de las Conductas descritas. Modalidad especial De tipos compuestos son los delitos COMPLEJOS, dondese describe Dos o más supuestos delictivos, que se sancionarían por separado si el Legislador no los hubiere reunido: robo con homicidio 433 N°1, secuestro con Homicidio. El legislador opta por agruparlo. Acá hay un solo verbo que Indica dos acciones o conductas, como el delito de robo porque implica sustraer Con violencia. Dos delitos autónomos se hacen para agravar la pena. Cuando no Están las figuras calificadas debemos hacer concurso material de las dos, donde Debo cumplir las dos.

c) Según su aspecto temporal: instantáneos, permanentes, habituales y continuado: Instantáneos à se consuman cuando se realiza la Conducta típica, es en un momento determinado, su ejecución no se prolonga en El tiempo. PERMANENTES à ejecución se prolonga en el Tiempo (no su resultado), supone la aparición y mantención de la conducta Antijuridica por cierto tiempo y se sigue realizando: secuestro, durante todo Ese lapso de tiempo la persona está secuestrada. HABITUALES à aquellos que Requieren la repetición de una determinada conducta para entenderse consumados, Varias acciones y cada una de ellas individualmente, no es constitutiva de Delito, sino que su repetición configura el delito: maltrato habitual, delitos De ejercicio legal de una profesión, son varias conductas que el conjunto de Ellas configura un tipo. Se componen a partir de reiteradas conductas pero que No son individualmente delitos autónomos. Aquí Hay que hacer una distinción entre permanente y habitual los cuales se Configura cuando yo repito la conducta, mientras que el permanente, una Conducta que se perpetua por un determinado tiempo. CONTINUADOS àAquellos que, de no mediar un lazo jurídico, constituirían delitos Separados, ej.: robo de vehículo por partes, tarjeta de crédito, abuso Reiterado contra una misma persona, hurto del collar de perla. Son varios Delitos, conductas autónomas entre sí, pero que son ejecutados de una manera, Hay un patrón, por ficción el legislador lo pune con una sola pena. NO DEBE AFECTAR UN DERECHO Personalísimo, solo habría un concurso material, tiene que Responder por todas las penas (mata a 10 personas)

d) Delitos de mera actividad y de resultado o materiales: DE RESULTADO à actividad y existe un resultado Físico, una modificación en el mundo exterior, como el homicidio. DE MERA ACTIVIDAD à se describe una sola actividad, No se requiere una modificación el mundo, la ley solo me exige la conducta y no Resultado. En los delitos de mera actividad no es posible la existencia de un Delito frustrado, pues la frustración ocurre cuando yo ya realicé todos los Actos ejecutorios y no consigo consumar el delito, en los de mera actividad la Conducta ya se consumó, se consume el delito, no es necesario el resultado. La Frustración solo se admite en delito de resultado material.

Entradas relacionadas: