Democracia en Uruguay: Soberanía Popular, Sistema Semirepresentativo y Separación de Poderes

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Soberanía Popular en Uruguay

La soberanía popular es el poder que reside en el pueblo, de quien emanan los derechos del Estado democrático. El grado de participación ciudadana determina el tipo de democracia.

Tipos de Democracia

Democracia Directa

Los ciudadanos participan directamente en las decisiones del gobierno, sin intermediarios.

Democracia Representativa

Los ciudadanos delegan las decisiones del gobierno a un grupo electo de representantes.

Democracia Semirepresentativa

El gobierno se integra con representantes, pero los ciudadanos participan directamente en algunos actos de gobierno. Uruguay es un ejemplo de este tipo de democracia, donde el pueblo delega el poder a sus representantes, pero se reserva ciertas instancias de participación directa:

  • Elecciones
  • Referéndum
  • Plebiscito
  • Iniciativa popular

Instancias de Participación Ciudadana Directa en Uruguay

Elecciones

Actos eleccionarios periódicos donde los ciudadanos habilitados para votar eligen a sus representantes, delegando la soberanía.

El cuerpo electoral (conjunto de ciudadanos habilitados para participar políticamente) elige a sus representantes, produciéndose así la delegación de la soberanía que corresponde.

Referéndum

Consulta al cuerpo electoral sobre la aceptación o rechazo de una ley.

Plebiscito

Consulta al cuerpo electoral sobre la modificación de la Constitución.

Iniciativa Popular

Presentación de proyectos de ley al poder legislativo por iniciativa del pueblo mediante la recolección de firmas.

Multipartidismo

Reconocimiento amplio de todas las ideologías políticas existentes en un país. Los requisitos para registrar un partido político son mínimos (entre otros, basta con reunir 500 firmas y registrarlas en la Corte Electoral).

Separación de Poderes en Uruguay

El principio fundamental de la separación de poderes es que el poder no se concentre en una persona u órgano, sino que se distribuya entre diferentes órganos. Cada uno de los tres poderes representativos (legislativo, ejecutivo y judicial) tiene una función diferente que a su vez es controlada por los restantes órganos.

Poder Ejecutivo

  • Órganos: Presidencia - Ministros/Consejo de Ministros
  • Integración: Presidente - Ministros
  • Forma de elección: Directa por el pueblo - Ministros electos por el Presidente
  • Duración del cargo: 5 años
  • Función: Predominantemente administrativa. Ejecutar o hacer cumplir la ley.

Poder Legislativo

  • Órganos: Asamblea General - Cámara de Senadores - Cámara de Diputados - Comisión Permanente
  • Integración: Asamblea General compuesta por la integración de ambas cámaras - Cámara de Senadores: 30 miembros + 1 (Vicepresidente) - Cámara de Diputados: 99 miembros - Comisión Permanente: 4 senadores y 7 diputados
  • Forma de elección: Directa por el pueblo
  • Duración del cargo: 5 años
  • Función: Predominantemente legislativa. Elaboración de la ley.

Poder Judicial

  • Órganos: Suprema Corte de Justicia - Tribunales de Apelaciones - Juzgados Letrados - Juzgados de Paz
  • Integración: Suprema Corte: 5 miembros - Tribunales de Apelaciones: 3 miembros - Juzgados Letrados: Unipersonales - Juzgados de Paz: Unipersonales
  • Forma de elección: Miembros de la Suprema Corte electos por la Asamblea General - demás integrantes electos por la Suprema Corte de Justicia
  • Duración del cargo: Suprema Corte de Justicia: 10 años o hasta cumplir 70 años de edad - Tribunales de Apelaciones y Juzgados Letrados: todo el tiempo que dure su buena conducta - Juzgados de Paz: 4 años
  • Función: Predominantemente jurisdiccional. Aplicar la ley al caso concreto.

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