Denominación Social, Domicilio y Nacionalidad de una Sociedad en España

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1. Denominación, Domicilio y Nacionalidad de la Sociedad

Denominación Social

El nombre de la sociedad, o denominación social, cumple una función identificadora (no puede inducir a error).

Los interesados en la constitución de una sociedad deben solicitar al Registro Mercantil Central (RMC) certificación sobre si la denominación figura o no registrada, en caso afirmativo deberán buscar otra.

Conviene también, con carácter previo, consultar a la Oficina Española de Patentes y Marcas y a la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), para evitar conflictos con marcas o nombres comerciales.

Tres principios/requisitos:

  • Principio de unidad: solo un nombre o denominación.
  • Principio de visibilidad: La denominación se debe formar con letras o números.
  • Principio de novedad: cada nueva sociedad tiene un nombre distinto.

La denominación exige que sea única y que esté formada por palabras y expresiones numéricas.

No pueden formar parte de ella las siglas o denominaciones abreviadas, salvo que designen el tipo social (SA, SRL o SL, en C o SCom, S. Coop, SC según art. 403.2 RRM).

Se prohíbe incluir algún término o expresión que induzca a error.

No se podrán inscribir en el Registro Mercantil sociedades o entidades cuya denominación sea idéntica a alguna de las que figuran incluidas en la sección de denominaciones del Registro Mercantil Central (art. 404 y ss RRM).

TIPOS DE DENOMINACIONES SOCIALES (ART. 400 a 402 RRM):

  • Denominación subjetiva o razón social: formada normalmente por el nombre de los socios (las sociedades personalistas deben tener una denominación de este tipo).
  • Denominación objetiva: que se refiere a actividades económicas, o es una denominación de fantasía (normalmente las sociedades de capital utilizan una denominación objetiva, aunque no siempre es así).

Para las sociedades de capital, el artículo 6 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC) señala que en la denominación de la sociedad de responsabilidad limitada deberá figurar necesariamente la indicación “Sociedad de Responsabilidad Limitada”, “Sociedad Limitada” o sus abreviaturas.

Domicilio

Localiza a la sociedad en un determinado lugar. Se vincula con el dato de la nacionalidad.

  • Sociedades de capital: Domicilio donde se halle el centro de su efectiva administración y dirección, o en el que radique su principal establecimiento o explotación. Se tiene que mencionar en los estatutos.

Nacionalidad

Si tienen domicilio en España, su nacionalidad será también española.

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