Deontología Policial: Normas y Principios Éticos
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Deontología Policial y Normativa Aplicable
De acuerdo con la Orden de 22 de diciembre de 2003, que establece el temario de la categoría de policía del cuerpo de la policía local, el tema 40 se centra en:
- Deontología policial.
- Normas que la establecen.
La deontología puede definirse como la ciencia que intenta establecer el conjunto de normas morales que han de regular el comportamiento de determinados colectivos en la práctica de su profesión.
Así, podemos entender la deontología profesional como el conjunto de normas de conducta codificadas para los miembros de una profesión determinada.
La deontología policial debe estar en consonancia con las disposiciones legales. Para ello, se deben desarrollar actitudes y conductas personales necesarias para la correcta ejecución a nivel individual y grupal. De esta forma, se establecen una serie de principios propuestos, que son:
- Prevenir el delito y el desorden antes que reprimirlos.
- Los ciudadanos deben aprobar la existencia de la policía y esta ser capaz de ganar y conservar el respeto.
- Asegurar la cooperación de un público dispuesto a ayudar.
- Cuanta mayor cooperación, menos necesaria será la fuerza física y el enfrentamiento.
- Obtener y conservar la aprobación del ciudadano utilizando la ley imparcialmente y dando un trato cortés y amable.
- Utilizar la fuerza física tras intentar la persuasión, consejos y advertencias.
- La policía son ciudadanos y estos son la policía.
- Atenenerse a las funciones de la policía y no usurpar otras.
- Criterios de eficacia de la policía: ausencia de crimen y desorden, y no la manifestación visible de acción policial.
Normativa Reguladora de la Deontología Policial
Diversas normas regulan la deontología policial, entre las que destacan:
- Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley (Resolución 34/169, de 17 de diciembre de 1979, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas). Esta declaración subraya que el ejercicio de las funciones de aplicación de la ley en defensa del orden público tiene una repercusión directa en la calidad de vida de los individuos y la sociedad. Destaca tanto la importancia de las funciones como los posibles abusos que entraña el ejercicio de esos deberes. Consta de 8 artículos.
- Resolución 690 de 1979 de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (Declaración sobre la Policía). Se divide en tres partes: deontológica, estatuto y otras situaciones de excepción. Los deberes morales y legales se abordan con más detalle que en el código de conducta, e incluso figuran disposiciones que no estaban en el anterior, como por ejemplo el deber de ignorar toda orden ilegal.
- Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Se basa en las dos normativas anteriores. Destaca el principio de obediencia debida y consta de seis principios básicos: adecuación al ordenamiento jurídico, relaciones con la comunidad, tratamiento de detenidos, dedicación profesional, secreto profesional y responsabilidad.
- Recomendaciones del 2001 del Comité de Ministros a los Estados Miembros sobre el Código Europeo de Ética de la Policía. En ella se establecen objetivos de la policía, bases jurídicas y policiales, la policía y el sistema de justicia penal, organización de las estructuras de la policía, y principios de acción o intervención de la policía.
Otras Normas Relevantes
También podemos encontrar otras normas importantes, como:
- Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas (Resolución 39/46, de 10 de diciembre de 1984).
- Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y armas de fuego, aprobado en el 8º Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y del Delincuente (1990).
- Conjunto de principios para la protección de todas las personas sometidas a detención o prisión (Asamblea General de las Naciones Unidas, Resolución 43/173, de 9 de diciembre de 1988).
- Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas (Asamblea General de las Naciones Unidas, Resolución 47/133, de 18 de diciembre de 1992).
- Normas universales para combatir la corrupción en los servicios policiales AG-2001-RES-04, Asamblea General de la OIPC-Interpol, septiembre de 2001.