Derecho Administrativo: Conceptos y Control en Chile
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Derecho Administrativo: Conceptos Fundamentales
Administración del Estado
La Administración del Estado (Adm del Eº) se refiere al régimen jurídico que rige el funcionamiento del complejo orgánico del Estado, es decir, el conjunto de órganos que ejercen la función administrativa.
Acto Administrativo
Un acto administrativo es una decisión formal emitida por un órgano de la Administración del Estado, que contiene una declaración de voluntad realizada en ejercicio de una potestad pública.
Procedimiento Administrativo
El procedimiento administrativo (Proced. ADM) es una secuencia de actos y trámites vinculados entre sí, emanados de la Administración y, en su caso, de particulares interesados, con el objetivo de producir un acto administrativo final.
Nulidad
La nulidad es una sanción de ineficacia que se aplica a los actos de los órganos del Estado que contravienen el principio de legalidad.
Potestad Pública
La potestad pública es el poder permanente otorgado por la ley a un órgano administrativo, que lo habilita para actuar desde una posición de desigualdad respecto de su destinatario.
Derecho Administrativo
El Derecho Administrativo es la rama del Derecho Público que regula la organización, los medios y las formas de la actividad de la Administración Pública, así como las relaciones jurídicas entre ella y los particulares.
Control de la Administración del Estado
El control administrativo es la actividad que verifica que las actuaciones y decisiones de los órganos del Estado y de los particulares que gestionan recursos públicos se desarrollen dentro del marco jurídico.
Órganos de Control
El control de la Administración del Estado puede ser ejercido por el Poder Legislativo, el Poder Judicial o el Poder Ejecutivo.
Contraloría General de la República (CGR)
La Contraloría General de la República (CGR) es un organismo constitucional autónomo con las siguientes funciones:
- Controlar la legalidad de los actos de la Administración del Estado.
- Fiscalizar el ingreso y la inversión de los fondos del Fisco, las municipalidades y otros organismos.
- Examinar y juzgar las cuentas de quienes administran bienes de esas entidades.
- Llevar la contabilidad general de la nación.
Además, la CGR realiza trámites de toma de razón, emite dictámenes, regula el régimen funcionarial, realiza auditorías e inspecciones, y examina y juzga cuentas.
Contencioso Administrativo
El contencioso administrativo se refiere a los mecanismos de impugnación de las decisiones de la Administración del Estado. Es un mecanismo de tutela frente al ejercicio de las facultades exorbitantes de la Administración.
Toma de Razón
La toma de razón es un control preventivo de constitucionalidad y legalidad de los actos administrativos. La CGR solo revisa aquellos actos que se consideran esenciales.
Dictámenes
Los dictámenes son actos administrativos de interpretación que contienen informes en derecho. Son opiniones vinculantes sobre cómo debe interpretarse correctamente una norma.
Ley de Transparencia
La Ley de Transparencia promueve el acceso a la información pública y obliga a los órganos de la Administración del Estado a poner a disposición del público un conjunto de información de forma permanente (transparencia activa). Además, reconoce el derecho de toda persona a solicitar y recibir información de la Administración del Estado (transparencia pasiva).