Derecho Autonómico Español: Principios, Estructura y Financiación
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Principios del Derecho Autonómico Español
El sistema autonómico español se basa en una serie de principios fundamentales que rigen su organización y funcionamiento:
Principio de Constitucionalidad
La organización territorial del Estado se establece de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Española de 1978.
Principio de Autonomía
Se reconoce la autonomía de las comunidades autónomas en determinadas materias y aspectos.
Principio de Unidad
La autonomía de las comunidades autónomas es limitada y no puede ir en contra de la unidad de España.
Principio de Solidaridad
Las comunidades autónomas deben ser solidarias entre sí.
Principio de Cooperación
Se fomenta la cooperación entre comunidades autónomas y la firma de acuerdos bilaterales.
Principio de No Federabilidad
No se permite la federación entre comunidades autónomas.
Principio de Libertad
Se garantiza la libertad de circulación de los ciudadanos entre comunidades autónomas y la libertad de gestión de las mismas.
Principio de Igualdad
Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio nacional.
Principio de Diversidad
Se reconocen los derechos históricos de los diferentes territorios.
Concepto de Autonomía
El Estado español es el titular de la soberanía nacional. Las comunidades autónomas se caracterizan por su autonomía política, administrativa, normativa y financiera. Las provincias y municipios disponen de autonomía administrativa en diferentes materias.
El Estatuto de Autonomía
El Estatuto de Autonomía es la norma institucional básica de cada comunidad autónoma. Es reconocido y protegido por el Estado, formando parte de su ordenamiento jurídico. Debe ser aprobado por las Cortes Generales mediante Ley Orgánica. El Estatuto de Autonomía tiene un triple carácter:
Carácter Constituyente
Define la estructura institucional de la comunidad autónoma.
Carácter Organizativo
Establece la organización y funcionamiento de las instituciones autonómicas.
Carácter Competencial
Delimita las competencias de la comunidad autónoma.
Modelos de Financiación Autonómicos
Existen dos modelos de financiación autonómica en España:
Régimen Común
Las comunidades autónomas participan en los impuestos estatales, con un margen de maniobra limitado. Se centran principalmente en la gestión de gastos.
Régimen Foral
Las comunidades autónomas forales (País Vasco y Navarra) se encargan del establecimiento, gestión, liquidación, recaudación e inspección de la mayoría de los impuestos estatales. Aportan al Estado una cantidad para sostener los gastos generales (defensa, policía, Seguridad Social, etc.), denominada "cupo".
El Municipio
El municipio es la entidad territorial básica, con personalidad jurídica y capacidad para el cumplimiento de sus fines. Dispone de una organización y competencias propias. El ayuntamiento, compuesto por el alcalde y los concejales, es el órgano de gobierno y administración municipal, excepto en los municipios que funcionan como concejo abierto. Los concejales son elegidos por sufragio universal, libre, directo y secreto, y son quienes designan al alcalde.