Derecho Comercial: Conceptos Clave y Contratación Privada
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Derecho Comercial
El Derecho Comercial es la parte del ordenamiento jurídico que regula la actividad desarrollada en el mercado por un empresario mediante una empresa.
Características
- Pertenece al derecho privado, ya que regula relaciones de carácter particular.
- Se dirige a empresarios y comerciantes.
- Sus normas precisan cada vez de una mayor unificación debido a la globalización de las relaciones comerciales.
- Es una rama del derecho sometida a constante actualización debido a cambios sociales y económicos.
Concurso de Acreedores
El concurso de acreedores es un procedimiento legal que tiene como consecuencia la declaración de insolvencia de cualquier persona que no puede cumplir con regularidad sus obligaciones de pago.
Contratación Privada
La contratación privada es un pacto o convenio, oral o escrito, entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada y cuyo cumplimiento puede ser obligatorio.
Contratación Civil
Este contrato existe desde que una persona o varias consienten en obligarse respecto de otra a dar alguna cosa o prestar algún servicio.
Requisitos
- Consentimiento de los contratantes: requiere que los contratantes tengan capacidad para manifestarlo y que se expresen libremente.
- Objeto del contrato: pueden ser objeto de contrato todas las cosas que no están fuera del comercio de las personas, incluso las futuras, y todos los servicios que no sean contrarios a la ley.
- Posible: debe existir en el momento o su existencia debe estar en un futuro.
- Lícito: no debe estar prohibido.
- Determinado en cuanto a su especie.
- Causa de la obligación: es el motivo que da lugar a la celebración del contrato.
- Forma que ha de revestir el contrato: puede ser verbal o escrito, y este a su vez, documento privado o público. Los contratos serán obligatorios sea cual sea la forma en que se hayan celebrado.
Contratación Mercantil
Se regula en el Código de Comercio y se encarga de regular los actos en los que participan los comerciantes. Para que se considere como mercantil debe tener los siguientes requisitos:
- Que intervenga en él un comerciante.
- Que el objeto del contrato sea un acto de comercio.
Capacidad para Contratar
Materia Civil
Tienen plena capacidad para contratar los mayores de edad. Los menores emancipados, hasta que no sean mayores de edad, no pueden tomar dinero a préstamo sin consentimiento de sus padres o, a falta de ellos, de su curador. Los menores no emancipados y los incapacitados no pueden prestar consentimiento válidamente.
Materia Mercantil
Las personas mayores de edad que tengan la libre disposición de sus bienes. Los menores de 18 años y los incapacitados podrán continuar, por medio de sus guardadores, el comercio que hubieren ejercido sus padres o causantes.
Tipos de Contratos Privados
- Unilaterales y bilaterales: los primeros generan obligaciones solo para una parte; los segundos, para ambas partes.
- Onerosos y lucrativos: en función de que las dos partes obtengan algún beneficio o de que solo lo logre una de ellas.
- Consensuales y solemnes: los primeros se perfeccionan con el simple acuerdo entre las partes, y los segundos necesitan, además, cumplir algunas formalidades.
- Reales: además del acuerdo de voluntades, necesitan la entrega de una cosa para su perfección.
- Típicos y atípicos: los primeros están regulados en la ley; los segundos no tienen una regulación legal específica y se basan únicamente en la voluntad de las partes.
- De adhesión: el cliente no negocia las condiciones del contrato, sino que esas condiciones están recogidas en los impresos que obligatoriamente debe firmar y, por tanto, solo le cabe aceptarlas o rechazarlas.
Tipos de Condiciones
- Condiciones generales: son el conjunto de cláusulas que recogen las normas que se aplican a todos los contratos de un mismo tipo.
- Condiciones particulares: es el conjunto de cláusulas donde constan los datos particulares del contrato.