Derecho Comercial Internacional: Principios, Contratos e Incoterms

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Derecho Comercial Internacional

Intervinientes en el Derecho Comercial Internacional

Los Estados: Todos los Estados tienen regulación sobre derecho comercial internacional y actúan de las siguientes maneras:

  1. Acción Unilateral: Como regulador, en las legislaciones, en la jurisprudencia, etc. (inversión extranjera).
  2. Acción Concertada: Varios Estados se unen e intervienen a través de vías como directivas, reglamentos, etc.

Otras Organizaciones: OMC, UNIDROIT, CNUDMI, CCI.

Principios Fundamentales Organizadores de los Intercambios Internacionales: GATT y OMC

  1. No Discriminación: Tratamiento igual para todos los signatarios.
  2. Generalización de la Cláusula de Nación Más Favorecida: La ventaja competitiva acordada a un país miembro de la OMC debe ser acordada a los otros. “Lo acordado a uno debe ser acordado a los otros”.
  3. Igualdad de Trato: Un producto que entra lícitamente a un Estado miembro de la OMC debe ser tratado de igual manera que un producto nacional.
  4. Protección por los Derechos de Aduana y de Consolidación: Los derechos de aduana serán iguales para todos los productos extranjeros y fijados de antemano con previsibilidad. Consolidación: Una vez fijado, el derecho de aduana no puede ser modificado nuevamente.

Excepciones a los Principios del GATT y la OMC

Para limitar la aplicación de estos dos principios existen excepciones que buscan eliminar su aplicación automática:

  1. Excepciones de orden general:
    • Los acuerdos regionales.
    • Las excepciones teniendo en cuenta los sectores textiles, agricultura.
  2. Medidas de defensa comercial:
    • Medidas Antidumping: Ventas a un precio inferior del mercado.
    • Medidas Antisubvención: Acordar ciertos privilegios a ciertos sectores.

Enfoques del Contrato Internacional

  1. Enfoque Jurídico: Nacionalidad, domicilio de los contratantes y lugar de conclusión del contrato en países diferentes.
  2. Enfoque Económico: Pone en evidencia intereses del comercio internacional. Contrato que interesa la economía de más de un país.

Obligaciones de las Partes en un Contrato Internacional

  • Los Vendedores: Entregar conformidad en el plazo acordado. Para invocar la falta de conformidad:
    • Se debe ignorar el defecto antes de la conclusión del contrato.
    • El defecto debe haber existido en el momento de la entrega de la cosa.
  • Los Compradores: Pagar el precio acordado, el cual puede o no ser fijado desde el principio. A falta de disposición, el pago debe hacerse al vendedor. Si no paga el precio, se podrá disolver el contrato.
  • Ambas Partes:
    • La excepción por inejecución.
    • Las causales de exoneración: Se suspende la ejecución de la obligación, pero no se libera de ella.
    • Daños e intereses: Se repara el daño en su totalidad y en su integralidad.
    • Principio de minimización de los daños: El acreedor obtiene una indemnización.

Incoterms: Reglas Utilizadas en Contratos Internacionales

Los Incoterms son términos comerciales internacionales que definen las responsabilidades del comprador y del vendedor en la entrega de mercancías. Algunos ejemplos son:

  • EXW - Ex Works (En Fábrica): Disponible para el comprador sin despacharla.
  • FCA - Free Carrier (Franco Transportista): Se entrega la mercancía, se despacha.
  • FAS - Free Alongside Ship (Franco al Costado del Buque): La mercancía es colocada al costado del buque en el puerto de embarque convenido.
  • FOB - Free On Board (Franco a Bordo): Mercancía a bordo del buque en el puerto.

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