Derecho Comercial Internacional: Principios, Contratos e Incoterms
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Derecho Comercial Internacional
Intervinientes en el Derecho Comercial Internacional
Los Estados: Todos los Estados tienen regulación sobre derecho comercial internacional y actúan de las siguientes maneras:
- Acción Unilateral: Como regulador, en las legislaciones, en la jurisprudencia, etc. (inversión extranjera).
- Acción Concertada: Varios Estados se unen e intervienen a través de vías como directivas, reglamentos, etc.
Otras Organizaciones: OMC, UNIDROIT, CNUDMI, CCI.
Principios Fundamentales Organizadores de los Intercambios Internacionales: GATT y OMC
- No Discriminación: Tratamiento igual para todos los signatarios.
- Generalización de la Cláusula de Nación Más Favorecida: La ventaja competitiva acordada a un país miembro de la OMC debe ser acordada a los otros. “Lo acordado a uno debe ser acordado a los otros”.
- Igualdad de Trato: Un producto que entra lícitamente a un Estado miembro de la OMC debe ser tratado de igual manera que un producto nacional.
- Protección por los Derechos de Aduana y de Consolidación: Los derechos de aduana serán iguales para todos los productos extranjeros y fijados de antemano con previsibilidad. Consolidación: Una vez fijado, el derecho de aduana no puede ser modificado nuevamente.
Excepciones a los Principios del GATT y la OMC
Para limitar la aplicación de estos dos principios existen excepciones que buscan eliminar su aplicación automática:
- Excepciones de orden general:
- Los acuerdos regionales.
- Las excepciones teniendo en cuenta los sectores textiles, agricultura.
- Medidas de defensa comercial:
- Medidas Antidumping: Ventas a un precio inferior del mercado.
- Medidas Antisubvención: Acordar ciertos privilegios a ciertos sectores.
Enfoques del Contrato Internacional
- Enfoque Jurídico: Nacionalidad, domicilio de los contratantes y lugar de conclusión del contrato en países diferentes.
- Enfoque Económico: Pone en evidencia intereses del comercio internacional. Contrato que interesa la economía de más de un país.
Obligaciones de las Partes en un Contrato Internacional
- Los Vendedores: Entregar conformidad en el plazo acordado. Para invocar la falta de conformidad:
- Se debe ignorar el defecto antes de la conclusión del contrato.
- El defecto debe haber existido en el momento de la entrega de la cosa.
- Los Compradores: Pagar el precio acordado, el cual puede o no ser fijado desde el principio. A falta de disposición, el pago debe hacerse al vendedor. Si no paga el precio, se podrá disolver el contrato.
- Ambas Partes:
- La excepción por inejecución.
- Las causales de exoneración: Se suspende la ejecución de la obligación, pero no se libera de ella.
- Daños e intereses: Se repara el daño en su totalidad y en su integralidad.
- Principio de minimización de los daños: El acreedor obtiene una indemnización.
Incoterms: Reglas Utilizadas en Contratos Internacionales
Los Incoterms son términos comerciales internacionales que definen las responsabilidades del comprador y del vendedor en la entrega de mercancías. Algunos ejemplos son:
- EXW - Ex Works (En Fábrica): Disponible para el comprador sin despacharla.
- FCA - Free Carrier (Franco Transportista): Se entrega la mercancía, se despacha.
- FAS - Free Alongside Ship (Franco al Costado del Buque): La mercancía es colocada al costado del buque en el puerto de embarque convenido.
- FOB - Free On Board (Franco a Bordo): Mercancía a bordo del buque en el puerto.