Derecho Comercial: Sujetos, Obligaciones y Contratos Mercantiles Esenciales
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El Comerciante en el Derecho Mercantil
El Código de Comercio define a los comerciantes en su artículo primero de la siguiente manera: "Son comerciantes todos los individuos que, teniendo capacidad legal para contratar, ejercen por cuenta propia actos de comercio, haciendo de ello su profesión habitual."
Capacidad para Ejercer el Comercio
La capacidad requerida es la libre administración de bienes. Actualmente, los mayores de 18 años poseen esta capacidad siempre que no se encuentren inhabilitados por decisión judicial.
Prohibiciones para el Ejercicio del Comercio
No podrán ejercer el comercio:
- Los menores de 18 años (excepto emancipados comercialmente).
- Dementes declarados en juicio.
- Sordomudos que no puedan darse a entender por escrito.
- Corporaciones eclesiásticas.
- Clérigos (mientras vistan el traje clerical).
- Magistrados civiles y jueces en el territorio en donde ejercen su jurisdicción.
- Quebrados que no obtuviesen su habilitación.
Obligaciones Comerciales
La obligación comercial es una relación jurídica (de tipo comercial) en virtud de la cual una persona puede exigirle a otra el cumplimiento de determinada prestación. Las obligaciones pueden ser:
- De dar: por ejemplo, la obligación del comprador de pagar el precio.
- De hacer: por ejemplo, la del mandatario de cumplir con el mandato encomendado.
- De no hacer: por ejemplo, el socio de una empresa no debe realizar negocios que se opongan a los intereses de la misma.
Fuente de las Obligaciones Comerciales
La fuente es el hecho o el acto que da origen a la obligación. La fuente más importante en Derecho Comercial es el contrato, pero también existen otras fuentes que nacen de hechos ilícitos, como por ejemplo el abordaje de un buque a otro, los piratas del asfalto, actos fraudulentos de directores de una sociedad anónima, etc.
Obligaciones de Sujeto Plural
En estas obligaciones existen: varios acreedores, varios deudores o varios acreedores y deudores simultáneamente. Dentro de estas obligaciones de sujeto plural diferenciamos:
- Mancomunadas: El crédito y la deuda se dividen de modo tal que cada acreedor solo puede reclamar su parte en el crédito, y cada deudor solo abonará su parte de la deuda.
- Solidarias: En este caso, el crédito y la deuda no se dividen; por lo tanto, cada acreedor puede reclamar la totalidad del crédito y cada deudor está obligado a pagar la totalidad de la deuda, extinguiendo la obligación.
Contratos Comerciales
Los contratos son la fuente más importante de las obligaciones. El Código de Comercio legisla sobre distintos contratos comerciales, tales como: la compraventa, la fianza, el mandato, etc. Por regla general, podemos decir que son contratos comerciales aquellos que se refieren a cosas muebles y que existe una finalidad de lucro.
Consentimiento en los Contratos Comerciales
El consentimiento es un acto voluntario en el cual coinciden las voluntades de las partes que integran el contrato. Esa manifestación de la voluntad debe expresarse sin ningún vicio que la altere.
Formas del Consentimiento
El consentimiento puede realizarse en forma:
- Expresa: manifestando la voluntad de contratar en forma verbal, escrita o mediante signos inequívocos.
- Tácita: cuando se realicen acciones que indiquen la intención de contratar.
Vicios del Consentimiento
Estos vicios afectan al contrato comercial. Existen los que recaen en la voluntad del sujeto que contrata y son:
- Error: Es el falso concepto sobre algo.
- Dolo: Es inducir a una persona a realizar un acto mediante un engaño, causando un daño grave. De no mediar el engaño, la persona no habría prestado su consentimiento.
- Violencia: Se logra que el sujeto exprese su consentimiento mediante el empleo de la violencia (amenaza o acción de sufrir un mal grave o inminente en él o en un tercero afín). La violencia puede ser física o psíquica.
Existen vicios propios del contrato y son:
- Fraude: Es un engaño que se realiza para perjudicar derechos de terceros.
- Simulación: Se produce cuando un contrato, ya sea en forma parcial o total, no es sincero.
- Lesión: Una de las partes se aprovecha de la ligereza o inexperiencia de la otra parte para obtener una ventaja patrimonial.
Manifestación del Consentimiento
El consentimiento se manifiesta por la oferta de una de las partes y por la aceptación de la otra parte.