El Derecho Común y su Resurgimiento en la Europa Medieval

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Conceptos Previos

D° Común (Ius commune): Cultura jurídica de la cristiandad durante la baja edad media y el renacimiento (S. XII a XVII). Compuesto por textos jurídicos (Derecho Romano Justinianeo; Derecho canónico clásico; Derecho feudal) y doctrinas de los juristas.

D° Propio (Iura propia):

Cristiandad: (Si en la actualidad habláramos de cristiandad, el concepto quedaría retrasado) Época (Medieval) Aquellas regiones del mundo (conocido) donde predominaba la religión cristiana y donde ésta tenía influencia en el ámbito político, jurídico, cultural, social, etc.

Cultura Jurídica: Se refiere a algo más que el tenor literal de la norma, se refiere también al espíritu de la norma, que impregna el conjunto del ordenamiento jurídico.

Recepción del derecho común: Cómo las distintas regiones de Europa van recepcionando el derecho común, cómo es el proceso de expansión y asimilación.

Redescubrimiento del Derecho Romano en Europa

S XI Se produce el descubrimiento de algunos fragmentos del corpus iuris civilis en Italia (Península itálica). Era derecho romano justinianeo. Esto provoca que reaparezca el interés por el estudio del derecho Romano entre los estudiosos (en la parte occidental).

Junto con este redescubrimiento, surge la idea de D° Común.

Factores que Explican su Reaparición

  1. Obra de autores que mantuvieron viva la tradición culta: Agustín de Hipona; Boecio; Isidoro de Sevilla. Sus pensamientos, filosofía y derecho quedaron plasmados para la posteridad.
  2. Conservación de algunos textos romanos
    1. manuscritos, fragmentos → Península Ibérica – itálica
    2. descubrimientos de nuevos manuscritos → Francia
  3. Salvaguarda de una cierta cultura letrada en las escuelas monásticas y en escuelas catedrales.
    1. Quadrivium: Ciencias puras (Aritmética, geometría, música y astrología)
    2. Trivium: Letras o humanidades (Gramática, dialéctica y retórica)
  4. Identificación de los conceptos imperio y derecho. (Unum imperio, unum ius)
  5. Auge y desarrollo de las ciudades y del comercio: Hacen necesario un nuevo derecho.

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