Derecho de Familia: Estado Civil, Parentesco y Capacidad
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Estado Civil
El estado civil es la situación que una persona ocupa en la familia, determinando sus derechos y obligaciones. Este estado se modifica por ley y puede determinar la capacidad jurídica de la persona, aunque la edad no lo condiciona ni modifica. El estado civil es:
- Personal: Propio de cada individuo.
- Necesario: Todas las personas tienen un estado civil.
- Único: Solo se puede tener un estado civil a la vez.
- Estable: Se mantiene en el tiempo, aunque puede modificarse.
- Extra-patrimonial: No tiene valor económico en sí mismo.
- De orden público: Interesa al Estado y a la sociedad.
- Imperativo: Sus normas son obligatorias.
- Irrenunciable: No se puede renunciar al estado civil.
Las cualidades del estado civil se reflejan en:
- Filiación: Vínculo entre padres e hijos (abuelo, padre, hijo, nieto).
- Matrimonio: Estado civil derivado del matrimonio (soltero, casado).
- Afinidad: Parentesco político (suegro, yerno, nuera, cuñado).
- Adopción: Vínculo entre adoptante y adoptado.
Medios para cambiar el Estado Civil:
- Hechos jurídicos: Acontecimientos involuntarios con consecuencias jurídicas, como la muerte.
- Actos jurídicos: Acciones voluntarias con consecuencias jurídicas, como el reconocimiento voluntario de un hijo.
- Sentencias judiciales: Decisiones de jueces o tribunales que modifican el estado civil, como el divorcio.
Capacidad
La capacidad, o incapacidad en su contraposición, se modifica por ley y naturalmente. Se da en cualquier situación jurídica y no se puede determinar por el estado civil. La edad sí condiciona la capacidad jurídica.
Medios de prueba del Estado Civil:
- Auténticos o normales:
- Surgen de actas del Registro de Estado Civil.
- Son documentos públicos que nacen por la fe pública.
- Se asientan en libros donde se inscriben o registran los datos que determina la ley en plazos determinados.
- Si hay errores, deben salvarse por funcionamiento.
- Si se advierte un error después, es necesaria una sentencia judicial que lo determine.
- Supletorios: En ausencia de medios auténticos, se recurre a estos medios jerarquizados:
- Otros documentos auténticos.
- Testigos presenciales del estado civil que se quiere probar.
- Posesión notoria:
- Fama: Reconocimiento por el entorno social.
- Trato: Interno de la familia.
- Tiempo: Por lo menos 5 años después de la mayoría de edad.
Derecho de Familia
El derecho de familia es el conjunto de normas jurídicas que regulan el espacio de la familia, incluyendo las relaciones personales y patrimoniales. Abarca:
- Estado civil.
- Parentesco.
- Filiación.
- Matrimonio (incluyendo divorcio y concubinato).
Parentesco
El parentesco es el sistema integrado de personas en la familia que se rige por determinadas normas. Algunas reglas que lo determinan son:
- Descendencia.
- Sucesión.
- Matrimonio.
- Relaciones sexuales.
- Residencia.
- Estatus del individuo.
Tipos de Parentesco:
- Consanguíneo:
- Legítimo: Dentro del matrimonio.
- Natural: No unidos en matrimonio.
- Afinidad: Parientes consanguíneos del otro cónyuge (parientes políticos).
- Civil: Surge del proceso de adopción (actualmente la adopción es plena e irrevocable).
- Espiritual: Proviene de los sacramentos religiosos, pero no tiene valor jurídico.
Medición del Parentesco:
- Líneas rectas: Parientes que descienden unos de otros.
- Línea colateral: Parientes que, sin descender unos de otros, proceden de un tronco común.
Consecuencias o efectos del parentesco:
- Impedimento dirimente para el matrimonio.
- Crea derechos y obligaciones alimenticias.
- Legitima la tutela (tutores a falta de padres).
- Permite declarar la incapacidad.
- Convierte a los parientes en herederos forzosos.
- Faculta para otorgar consentimientos a menores.
- En el derecho penal:
- Agrava la responsabilidad.
- Exime de declarar en determinados procesos.
- Constituye una agravante especial del homicidio.