Derecho Financiero: Principios y Preceptos Legales para la Administración de Recursos Públicos
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1- Derecho Financiero: Es la Disciplina Jurídica que estudia los principios y preceptos legales que rigen la organización del estado para la percepción, administración y empleo de los recursos públicos y las relaciones jurídicas que los impuestos ante el estado y los contribuyentes como consecuencia de la imposición.
Comprende:
- Legislación Presupuestaria
- Contabilidad Pública
- Regimen de las erogaciones
- Ingresos que no sean de fuente tributaria.
2-Ingresos de Derecho Público o Derivados: Que el estado obtiene del patrimonio de los particulares, de entidades ajenas al estado, mediante impuestos, tasas, contribuciones y parafiscales.
Ingresos de Derecho Privado e originarios o dominiales: Obtenido de los bienes que integran el patrimonio propio del estado como persona jurídica de existencia necesaria y como consecuencia de su actividad de carácter económico.
3- Elementos de la relación Jurídica tributaria:
- Obligación principal de dar (Sumas de dinero u otro valor)
- Obligaciones accesorias o formales: De hacer o no hacer.
4-El hecho imponible, El hecho imponible en sus aspectos.
Objetivos y Subjetivos: El hecho imponible es la situación fáctica que da nacimiento a la obligación establecida en la ley.
5- Responsabilidad Sustitutiva - Responsable Sustitutivo:
Es cuando el responsable actúa en representación, en reemplazo del verdadero contribuyente y lo desplaza.
6- Clasificación.
- Impuestos: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador una situación, independiente de toda actividad estatal relativa al contribuyente.
- Tasas: Es la suma de dinero realizada por el beneficiario de un servicio público en contraprestación del beneficio obtenido.
- Contribuciones: Es la obligación pecuniaria única, impuesta por el estado para compensar una ventaja diferencial.
7- Caracterización Jurídica: Hay un Beneficio, una ventaja de orden patrimonial y social donde hay concurrencia de valores entre el monto de la contribución y el de las plusvalías.
8- La Parafiscalidad: Puede consistir en subvencionar ciertas ramas de la producción, para crear centros de aprendizaje y formación profesional o para asegurar la financiación de ciertos organismos estatales.
9- Poder Tributario: El Poder tributario puede entenderse como la capacidad que tiene el estado para crear, modificar, exonerar tributos.
10- Limitaciones Internacionales al poder tributario: Su limitación deriva de la participación en los organismos internacionales, como sucede con los países europeos, integrando una asociación económica regional.