Derecho Germánico: Orígenes, Conceptos Clave y Estructura Social Antigua

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El Derecho Germánico: Orígenes, Conceptos y Estructura Social

Se denomina Derecho Germánico al conjunto de normas por las que se regían los pueblos germánicos que invadieron el Imperio Romano de Occidente.

Inicialmente, no poseían un código legislativo, por lo que se regían bajo el derecho consuetudinario. Sin embargo, tras el contacto con la forma de vida romana, surgieron algunos códigos de leyes promulgados por los reyes, como es el caso del Código de Eurico.

Era un Derecho mucho más primitivo que el Derecho Romano, típico de poblaciones seminómadas, con una idea de la propiedad mucho más restringida. Por este motivo, fue cediendo terreno al Derecho Romano a medida que los germanos invasores se fueron estableciendo en los territorios europeos y adoptando el sistema de vida romano.

La Construcción Intelectual del Derecho Germánico

El concepto de "Derecho Germánico" proviene de una construcción intelectual, basada en similitudes que se presentan en algunas de las tribus germánicas. En realidad, no existe un Derecho estructurado normativamente como lo son el Derecho Español o el Derecho Indiano. Por lo tanto, esta construcción unitaria no concuerda con la realidad de los hechos, ya que la información con la que se cuenta fue desarrollada por César y Tácito, quienes solamente tuvieron relación con tribus del centro de Europa.

Fundamento y Contradicciones de la Organización Jurídica Germánica

La base general de esta organización fue la articulación de los asentamientos diferenciados y autónomos de grandes grupos de parentesco (sippe, pl. sippen) y comunidades comarcales.

En primer término, se constatan en las circunstancias habituales de la vida constantes conexiones de vecindad, entre ellas la familia.

En segundo lugar, con la reunión de los miembros de tales grupos familiares en la asamblea popular general para resolver asuntos destacados y singulares de interés común de cualquier naturaleza (penal, procesal, jurídico privado, política, religiosa, económica, social).

La Sippe: El Núcleo Familiar y Social

La estructura de los grupos de parentesco citados se apoya en dos elementos básicos. La Sippe es la asociación familiar con alcances decisivos en la vida económica, religiosa, armada y jurídica, que posee una doble dimensión:

  • Es la asociación por vía del sexo masculino (tronco, linaje, estirpe) que reúne a todos los hombres y mujeres descendientes de un tronco masculino común.
  • Aplica el principio de agnación, es decir, el parentesco a través de la línea masculina.

El Munt: La Potestad del Señor de la Casa

El Munt es la potestad jurídica del señor de la casa sobre los integrantes de la comunidad doméstica (esposa, hijos, siervos, viudas, extranjeros hospedados). Es una simple relación del derecho de familia para constituir el ejercicio de una potestad tuitiva y directa muy amplia, precisamente por su gran amplitud inicial.

Bases del Derecho Privado Germánico

Los vínculos entre ellos y la solución de sus necesidades se daban proporcionándoles tierras que todos usaban para el pasto y el aprovechamiento general de recursos como los bosques, maderas, agua, piedras, caza, etc.

Su efecto jurídico básico es la facultad de todo el grupo, en cuanto tal, para la plena apropiación directa de todas las tierras necesarias.

Efectos Jurídicos Esenciales del Asentamiento

Esta organización socioeconómica engendra relaciones específicas entre las personas y las tierras, y entre las mismas personas. La persona está ligada a la tierra a través de la comunidad étnica que fundamenta la propiedad del suelo, la ejercita colectivamente en sus asambleas y la defiende o amplía con la guerra.

Creación de Principios Básicos del Derecho

(Esta sección se mantiene como encabezado, sin contenido adicional según las instrucciones.)

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