Derecho Indiano: Origen, Evolución y Características en la América Colonial
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El Derecho Indiano: Origen, Evolución y Características
Contexto Histórico y Geográfico
El Derecho Indiano es el derecho que regía en las Américas durante la dominación española. Su origen se remonta al descubrimiento de una nueva ruta hacia las Indias, una empresa que buscaban principalmente las potencias de la época: Portugal y Castilla. Este derecho nace en 1492 y desaparece en 1821, constituyendo una realidad temporal, material y extensísima, de gran complejidad y heterogeneidad. Para Europa, el descubrimiento de un nuevo continente produjo un gran revuelo.
Formación y Naturaleza del Derecho Indiano
El Derecho Indiano fue creándose y configurándose sin ningún plan preestablecido. Se trata de un derecho especial dentro del ordenamiento jurídico castellano que, con el tiempo, adquirirá consistencia y autonomía. Cuando hablamos del Derecho Indiano, hacemos referencia a las Leyes de Indias: un conjunto de normas legales y disposiciones de gobierno dictadas por el rey y autoridades delegadas para establecer o configurar el régimen especial de Indias.
Este derecho estaba conformado por:
- Las Leyes de Indias
- Las costumbres indígenas
- Las bulas pontificias
- Las capitulaciones de descubrimiento, conquista y población firmadas entre la Corona y los descubridores
- Las costumbres criollas
- El Derecho de Castilla
El Derecho Indiano se configura desde la base del derecho común en la Baja Edad Media. La conquista, aunque financiada por una empresa privada, era dirigida por el rey.
Motores y Pilares del Derecho Indiano
Los motores de la conquista y los pilares del Derecho Indiano eran dos:
- El oro (motor económico)
- La conversión (motor religioso)
La conquista se convierte, por tanto, en una cuestión jurídico-teológica.
La Cuestión Religiosa y los Indios
En el sentido religioso, existían dos comunidades de infieles: los judíos y los islamistas. En sentido estricto, la doctrina religiosa no sabía cómo interpretar a los indios. Por ello, se afirmaba que ellos no podían ser infieles, ya que desconocían directamente la palabra de Dios.
La Legitimación del Dominio Castellano
La monarquía castellana necesitaba declarar su dominio sobre las nuevas tierras. Según el derecho de gentes, había cuatro maneras de que el rey pudiera obtener el señorío:
- Por herencia
- Por casamiento
- Por elección de los súbditos
- Por concesión suprema o superior
Conflictos Territoriales y el Tratado de Alcaçovas
Al llegar al Nuevo Mundo, se crearon una serie de conflictos entre Portugal y Castilla, ya que Portugal exigía la repartición de las nuevas tierras. Por ello, se redactó el Tratado de Alcaçovas, que establecía el repartimiento de las tierras entre Portugal y Castilla. Todo lo que pudiera existir al sureste de las Canarias pertenecería a Portugal. En América, a Portugal se le atribuyó solamente Brasil, y el oeste (occidente) a Castilla.
Las Bulas Papales de 1493
Cuando Colón llegó a Europa, Juan II de Portugal ya era conocedor de la existencia de estas tierras. Ante eso, los Reyes Católicos reclamaron las correspondientes bulas papales para legitimar su dominio sobre las tierras nuevas en 1493:
- Inter Caetera (3 de mayo de 1493): Declaraba todo al descubridor.
- Eximiae Devotionis (3 de mayo de 1493): Concedía algo a Portugal.
- Inter Caetera (posterior): Ajustaba las concesiones.