Derecho Laboral: Conceptos Clave, Contratos y Normativa Esencial
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Jerarquía Normativa en el Ámbito Laboral
La organización de las normas que rigen las relaciones laborales sigue un orden de prelación:
- Normas Comunitarias (Unión Europea)
- Constitución Española de 1978
- Normas Internacionales (Tratados y Convenios)
- Leyes elaboradas y aprobadas por las Cortes Generales
- Normas con rango de Ley (Decretos-Ley, Decretos Legislativos)
- Reglamentos (normas de desarrollo)
- Convenio Colectivo
- Contrato de Trabajo
- Costumbres Laborales
Principio de Norma Más Favorable
Si existen dos o más normas aplicables a una misma relación laboral, se aplicará aquella que, en su conjunto, resulte más favorable para el trabajador.
Características Esenciales de la Relación Laboral
Para que una relación sea considerada laboral, debe cumplir con las siguientes cinco características:
- Trabajo personal: El trabajo debe ser realizado por el propio trabajador, sin posibilidad de sustitución.
- Trabajo voluntario: La realización del trabajo no es forzada, sino fruto de la libre voluntad del trabajador.
- Trabajo dependiente: El trabajador debe seguir las instrucciones y directrices del empresario, sometiéndose a su poder de dirección.
- Por cuenta ajena: El trabajador cede al empresario los frutos de su trabajo, asumiendo este último los riesgos y beneficios de la actividad.
- Retribuido: A cambio del trabajo realizado, el trabajador recibe una contraprestación económica (salario).
Relaciones Excluidas del Ámbito Laboral (Según el Estatuto de los Trabajadores)
El Estatuto de los Trabajadores (ET) excluye expresamente ciertas relaciones, que no se consideran laborales:
- Prestaciones personales obligatorias por razones de utilidad pública (no son voluntarias).
- Trabajos realizados por amistad, benevolencia o buena vecindad.
- Trabajos no retribuidos (salvo excepciones legales).
Contrato de Apoyo a Emprendedores (Contexto Histórico)
Este tipo de contrato, en su momento, estaba diseñado para empresas con menos de 50 trabajadores. Tenía un periodo de prueba de un año y ofrecía bonificaciones en la aportación a la Seguridad Social, que se reducía durante 3 años.
Diferencia entre Reglamento y Directiva (Derecho de la Unión Europea)
- Reglamento: Se aplica directamente en todos los Estados miembros de la Unión Europea (UE) desde su entrada en vigor, sin necesidad de transposición al derecho nacional.
- Directiva: No se aplica directamente. Requiere que los Estados miembros adopten una norma nacional (ley o reglamento) para adaptarla a su ordenamiento jurídico interno dentro de un plazo determinado.
Elementos Esenciales del Contrato de Trabajo
Para que un contrato de trabajo sea válido, debe contener los siguientes tres elementos:
- Consentimiento: La voluntad libre y consciente de las partes (trabajador y empresario), expresada sin vicios como error, intimidación, violencia o dolo.
- Objeto: El trabajo contratado, que debe ser lícito, posible y determinado.
- Causa: La finalidad del contrato, que es el intercambio recíproco de trabajo por salario.
Relaciones Laborales de Carácter Especial
Existen relaciones laborales que, por sus particularidades, se regulan por normativas específicas, distintas del régimen común del Estatuto de los Trabajadores. Algunas de ellas son:
- Deportistas profesionales
- Médicos residentes (MIR)
- Estibadores portuarios
- Personal de alta dirección
- Menores en instituciones de internamiento (en actividades formativas o laborales)
- Artistas que trabajan en espectáculos públicos
Contrato de Interinidad
El contrato de interinidad se utiliza para:
- Sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto de trabajo (por ejemplo, por maternidad, incapacidad temporal).
- Cubrir temporalmente un puesto vacante mientras se lleva a cabo un proceso de selección para su cobertura definitiva, con una duración máxima de 3 meses.
Diferencia entre Traslado y Desplazamiento
- Traslado: Implica un cambio permanente de centro de trabajo que exige un cambio de residencia del trabajador. Debe estar justificado por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. En caso de no aceptación por el trabajador, este tiene derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades.
- Desplazamiento: Es un cambio temporal de centro de trabajo que no exige un cambio de residencia. Si el desplazamiento supera los 3 meses en un periodo de 12, el trabajador tiene derecho a un permiso de 4 días laborales en su domicilio de origen por cada 3 meses de desplazamiento, sin contar los días de viaje. El trabajador puede aceptar el desplazamiento o impugnarlo judicialmente, pero no genera derecho a indemnización por extinción.