Derecho Laboral: Conceptos Clave, Principios y Tipos de Contratos

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Etapas del Derecho Laboral

  1. Esclavista: Época de esclavitud.
  2. Feudal: Tiempo de trueque.
  3. Capitalista: Los medios de producción están en manos de un mismo grupo (aquí aparecen el salario y la jornada de trabajo).
  4. Socialista: Los medios de producción son del pueblo.

Fuentes del Derecho Laboral

  1. Ley
    • Constitución.
    • Tratados internacionales.
    • Ley Orgánica.
    • Reglamento.
    • Resoluciones del Ministerio del Trabajo.
  2. Contrato Colectivo.
  3. Contrato Individual.
  4. Costumbre.
  5. Principios Generales del Derecho
    • Declaración o resolución de la OIT.
    • Jurisprudencia.
  6. Equidad y Justicia.

Contrato Individual de Trabajo

Es la manifestación de las partes para llegar a un acuerdo.

Principios Generales del Derecho Laboral

  • Principio de Irrenunciabilidad (artículo 89): Los derechos laborales son irrenunciables.
  • Principio de Irretroactividad: Es de aplicación inmediata.
  • Principio In Dubio Pro Operario: Se aplica la norma que más favorezca al trabajador.
  • Principio de Territorialidad: Se aplica tanto a venezolanos como a extranjeros.

Composiciones Procesales

En estos principios encontramos composiciones procesales, estas son:

  • Transacción.
  • Convinimiento.
  • Desistimiento.
  • Perención de instancia.
  • Prescripción.
  • Caducidad.

Patronos

Persona natural o jurídica, que en nombre propio, por cuenta propia o ajena, tiene a su cargo una empresa.

Tipos de Patrono

  1. Por cuenta propia
    • Propietarios de empresas por sí mismos.
    • Los que no son propietarios, pero explotan en virtud de contrato o con efecto de una ley.
  2. Por cuenta ajena: Son aquellas personas que trabajan por cuenta del patrono, que son los que se llaman intermediarios.

Intermediario

Aquel que en nombre propio, pero en beneficio de otra empresa, contrata servicios de trabajadores.

Requisitos para la Sustitución de un Patrono

  • Que exista la transferencia de propiedad.
  • Que el nuevo patrono explote la misma rama de comercio.
  • Es necesario que el trabajador haya prestado su servicio con el anterior patrono.

Tipos de Trabajadores según la Ley Orgánica del Trabajo (LOT)

Artículo 40. Trabajador No Dependiente

Se entiende por trabajador no dependiente la persona que vive habitualmente de su trabajo sin estar en situación de dependencia respecto de uno o varios patronos.

Artículo 41. Empleado

Se entiende por empleado el trabajador en cuya labor predomine el esfuerzo intelectual o no manual. El esfuerzo intelectual, para que un trabajador sea calificado de empleado, puede ser anterior al momento en que presta sus servicios y en este caso consistirá en estudios que haya tenido que realizar para poder prestar eficientemente su labor, sin que pueda considerarse como tal el entrenamiento especial o aprendizaje requerido para el trabajo manual calificado.

Artículo 42. Empleado de Dirección

Se entiende por empleado de dirección el que interviene en la toma de decisiones u orientaciones de la empresa, así como el que tiene el carácter de representante del patrono frente a otros trabajadores o terceros y puede sustituirlo, en todo o en parte, en sus funciones.

Artículo 43. Obrero

Se entiende por obrero el trabajador en cuya labor predomina el esfuerzo manual o material. Serán considerados obreros los trabajadores que preparan o vigilan el trabajo de los demás obreros, tales como vigilantes, capataces y otros semejantes.

Artículo 44. Obrero Calificado

Se entiende por obrero calificado el que requiere entrenamiento especial o aprendizaje para realizar su labor.

Artículo 45. Trabajador de Confianza

Se entiende por trabajador de confianza aquel cuya labor implica el conocimiento personal de secretos industriales o comerciales del patrono, o su participación en la administración del negocio, o en la supervisión de otros trabajadores.

Artículo 46. Trabajador de Inspección o Vigilancia

Se entiende por trabajador de inspección o vigilancia el que tenga a su cargo la revisión del trabajo de otros trabajadores o el resguardo y seguridad de bienes.

Clases de Sustitución de Patrono

  • Por actos inter vivos (ventas).
  • Por causas mortis causa (muertes - herencia).
  • A título gratuito (donación).

Desistimiento

Dejar de ejercer sus derechos.

Serial del Derecho

Es el conjunto de derechos que se transfieren a otra persona.

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