El Derecho Laboral: Principios, Normas y Relaciones Laborales
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El Derecho del Trabajo y sus Normas
El Derecho del Trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones entre trabajadores y empresarios, garantizando el equilibrio de poder entre ambas partes.
OIT
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) se creó en 1919, tras la Primera Guerra Mundial, para promover condiciones de trabajo dignas y proteger a los colectivos más vulnerables de la clase trabajadora. Su sede se encuentra en Ginebra y su estructura es tripartita, con representantes de trabajadores, empresarios y gobiernos con derecho a voto.
Ordenación Jerarquía de Normas
- Normas comunitarias
- Constitución de 1978
- Normas internacionales
- Leyes elaboradas y aprobadas por las Cortes Generales
- Normas con rango de ley, elaboradas y aprobadas por el Gobierno de las Cortes
- Reglamentos que desarrollan las leyes, aprobados por el Gobierno
- Convenios colectivos
- Contrato de trabajo
- Costumbre
Principios de Aplicación de las Normas Laborales
- De norma más favorable: Si existen dos normas aplicables a la relación laboral, se aplicará la más favorable para el trabajador, apreciada en su conjunto y en cómputo anual.
- De condición más beneficiosa: El trabajador que tuviera condiciones particulares más beneficiosas tendría derecho a ellas.
- De irrenunciabilidad de derechos: El trabajador no puede renunciar a los derechos que le reconocen las normas laborales por su finalidad protectora.
- In dubio pro operario: El juez debe interpretar las normas a favor del trabajador, por ser el más débil.
La Administración Laboral (Organismos)
- Ministerio de Empleo y Seguridad Social: Órgano del Gobierno que propone y ejecuta la política estatal sobre empleo, extranjería...
- Consejerías de Empleo de las Comunidades Autónomas: Elaboran políticas nacionales de empleo o desarrollan las suyas adaptándose al territorio.
- Inspección de Trabajo y Seguridad Social: Encargada de la vigilancia y el control del cumplimiento de la normativa laboral de empresas, mediante visitas.
- Servicio Público de Empleo Estatal: Eleva propuestas e impulsa el desarrollo de programas y medidas de política de empleo.
- Seguridad Social: Gestionan servicios y prestaciones ante determinadas situaciones de necesidad.
Relación Laboral
Sujetos (Trabajador y Empresario)
Trabajador
Persona física que se compromete a prestar servicios para un empresario.
Requisitos:
- Ser mayor de 18 años, y mayores de 16 emancipados o con autorización legal de madre o tutor.
- También los menores de 16 años en espectáculos públicos con autorización escrita.
- No haber sido incapacitado por sentencia judicial para trabajar.
- Si eres extranjero, tener permiso de trabajo y de residencia.
Empresario
Hay tres tipos: persona física, jurídica y de empresa de trabajo temporal.
Características de la Relación Laboral
- Trabajo personal: El trabajo debe ser realizado por el propio trabajador y no por otra persona en su nombre.
- Voluntario: La realización del trabajo no es forzada, es prestada con libre consentimiento.
- Trabajo dependiente: El trabajador debe seguir las instrucciones y órdenes del empresario.
- Por cuenta ajena: No asume los riesgos de la empresa y cede al empresario el resultado de su trabajo.
- Retribuido: A cambio del trabajo, se recibe salario.
Relaciones No Laborales y Relaciones Laborales Especiales
No Laborales
- Funcionarios públicos o personal de estudio.
- Trabajos de voluntariado
- Trabajos familiares no retribuidos
- Trabajadores autónomos.
Relaciones Laborales Especiales
- El personal de alta dirección
- El servicio del hogar familiar
- Los deportistas profesionales
- Los estibadores portuarios
- Otras que indique la ley
Derechos y Deberes de los Trabajadores
Los derechos fundamentales son el derecho a huelga y el derecho a la libre sindicación.
Poderes del Empresario
Encontramos dos: poder de dirección y disciplinario.
Las sanciones se ordenan de menor a mayor gravedad: amonestación verbal o escrita, traslados forzosos, suspensiones de empleo y sueldo, inhabilitaciones para el ascenso o incluso el despido disciplinario. La ley prohíbe la reducción de los tiempos de descanso o de vacaciones, y el descuento salarial.
- Sanción nula: Cuando no se cumplieron los requisitos formales.
- Sanción revocada: Cuando no se han aprobado las faltas o el hecho no es constitutivo de falta.
- Sanción revocada parcialmente: Por mala calificación de la falta, en este caso será el juez quien imponga la sanción adecuada.
Los Representantes de los Trabajadores
Representación Unitaria
- Delegados de personal: Son los representantes en empresas o centros de trabajo de menos de 50 trabajadores en plantilla.
- Comité de empresas: Es el órgano de representación colegiado en empresas o centros de trabajo con 50 o más trabajadores. Tendrá un presidente y un secretario, y el comité se reunirá cada 2 meses o cuando lo soliciten un tercio de sus miembros o trabajadores.
Los Conflictos Laborales
Son las discrepancias entre trabajadores y empresarios sobre la aplicación e interpretación de las normas, o la necesidad de regular algún aspecto de relación laboral.
Solución de Conflictos Laborales
Conciliación, Mediación y Arbitraje
- C: Acerca las posturas de las partes para que lleguen por sí mismas a un acuerdo.
- M: Propone posibles soluciones, y las partes aceptan la que consideran más adecuadas.
- A: Decide la solución del conflicto y se formaliza en un laudo arbitral que las partes están obligadas a cumplir.
Negociación Colectiva
Es el proceso de diálogo entre representantes de trabajadores y empresarios para acordar la regulación de determinadas materias, salarios...