Derecho medieval: orígenes, ius commune y principales fuentes del ordenamiento jurídico europeo
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El derecho medieval
Es el resultado de una compleja elaboración de diversas instancias o fuentes, cuyas aportaciones —sólo de forma muy sucinta es posible mencionarlas aquí— se traslucen tanto en el derecho popular, en la costumbre, en la reglamentación de los gremios como en los pactos feudales, etc.
Fuentes y elaboración doctrinal
1. El ius commune. El principal resultado de la ciencia jurídica medieval es el ius commune, que constituye un derecho científico, propio de profesores y de la jurisprudencia. Con el término ius commune se designa la particular amalgama entre ordenamientos jurídicos —canónico, romano‑justinianeo, feudal y mercantil— concebida como una integración deseada.
El origen del ius commune se atribuye, en gran medida, a Irnerio, quien fue vicario para Italia del emperador Enrique V. El ius commune medieval fue adoptado de forma voluntaria por buena parte de Europa.
Junto a las instituciones de factura canónica se incorporaron al derecho romano otras de procedencia feudal y del derecho germánico: un derecho más popular, básicamente consuetudinario e independiente del romano.
La costumbre y la teoría jurídica
La costumbre ya era fuente de derecho en Roma, como es notorio; sin embargo, su naturaleza y fundamento habían quedado sin explicar en los textos romanos. En la Edad Media se comprendió conforme a una teoría explicativa que aparece formulada doctrinalmente y distingue el usus de la opinio iuris.
La incorporación de ideas filosóficas al derecho por parte de los juristas medievales resulta evidente en su reflexión crítica sobre las fuentes y los principios jurídicos.
Derecho mercantil y derecho internacional privado
Por otra parte, surgen los principios básicos del derecho internacional privado cuando Bartolo propuso interpretar los estatutos locales de las ciudades del norte de Italia con arreglo al método del ius commune. Esta propuesta dio lugar a una elaboración, en gran medida, por parte de los comentaristas del derecho mercantil, pues las emergentes profesiones comerciales fueron adquiriendo un carácter corporativo para proteger el interés de sus miembros.
Derecho procesal
Igualmente, como una exigencia del método dialéctico, se forma el derecho procesal, que surge unido al proceso canónico.
Casuismo y sentido artístico
La mayor parte de las ideas mencionadas deben su origen a juristas con formación intelectual que intervinieron en la elaboración del derecho, de manera que lo decisivo en sus argumentaciones solía ser un entramado de conceptos jurídicos que, como un cuerpo doctrinal común a todos los juristas, permitía resolver los litigios.
Resumen de las fuentes citadas
- Costumbre (consuetudinario)
- Ius commune (síntesis: canónico, romano‑justinianeo, feudal y mercantil)
- Instituciones canónicas
- Derecho germánico y tradiciones populares
- Gremios y reglamentación corporativa
- Pactos feudales
- Desarrollo del derecho procesal ligado al proceso canónico
Notas terminológicas: los términos latinos ius commune, usus y opinio iuris se mantienen en su forma clásica por razones doctrinales y terminológicas.