Derecho y Moral según Hans Kelsen: Diferencias y Relación con el Iusnaturalismo

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Hans Kelsen: Derecho, Moral y su Relación con el Iusnaturalismo

1. El Derecho como Orden Coactivo de la Conducta Humana

Según Hans Kelsen, el derecho es poder, un orden coactivo de la conducta humana. Establece sanciones cuando la conducta del hombre se opone a lo que establecen las normas. Estas sanciones, estatuidas por el orden jurídico, son socialmente inmanentes y organizadas. Como el orden jurídico es coactivo, él mismo determina las condiciones para que ciertos individuos puedan ejercer la coacción física cuando sea necesaria. De esta manera, protege a los individuos sujetos al orden contra el uso de la fuerza por parte de otros, garantizando así la seguridad.

La justicia es una exigencia de la moral. La relación que se establece entre el derecho y la moral es la relación entre derecho y justicia.

2. Separación entre Derecho y Moral en la Teoría de Kelsen

Kelsen separa el derecho de la moral, pues, según este autor, "la validez de un orden jurídico positivo es independiente de su correspondencia o su no correspondencia con cierto sistema moral". Además, afirma que una justificación del derecho por parte de la moral es inaceptable porque no existe una única moral, una moral absoluta, sino numerosos sistemas morales que muchas veces son contradictorios. Por tanto, la ciencia jurídica, que sólo tiene que conocer y describir el derecho, no tiene por qué justificarlo ni con una moral absoluta ni con una relativa.

3. La Ciencia del Derecho como Teoría Normativa Pura

Según Hans Kelsen, la ciencia del derecho es pura teoría normativa, independiente de todo hecho y de toda ley positiva. Esta doctrina ha sido también llamada normativismo jurídico porque establece como fundamental y previa a la experiencia jurídica la regla de conducta o la sistemática de las reglas de conducta que constituyen el propio ordenamiento jurídico.

4. La Teoría Pura del Derecho y la Eliminación de Elementos Extraños

La obra Teoría Pura del Derecho lleva a sus extremas consecuencias racionales la tesis de que no existe otro derecho que el que emana de la autoridad estatal. Uno de los principales fines de este autor es eliminar del derecho todos los elementos que le son extraños. Al referirnos a estos, se debe hacer énfasis en el aspecto moral, teológico, entre otros aspectos que formen parte del Derecho Natural, pues él alude que le resta validez a la norma jurídica. No es que niegue la importancia de la moral, sino que simplemente la considera irrelevante al otorgar validez al aspecto jurídico.

5. El Iusnaturalismo como Reflejo del Derecho Natural

Por otro lado, el Iusnaturalismo es reflejo del Derecho Natural, debido a que se funda en la naturaleza del hombre. Se desarrolla y evoluciona a medida que él va evolucionando, ejecutando una serie de acciones que nacen de la costumbre y se aplican por la naturaleza misma, traducido a un conjunto de normas jurídicas que tienen como fin el bien individual y colectivo. Implicando de esta manera hechos de orden moral y teológico.

6. La Moral y la Norma Jurídica en el Iusnaturalismo

En el aspecto moral se ejecutan acciones que en ocasiones traen como consecuencia una sanción interna y se exteriorizan por medio de la norma jurídica. De esta manera, se aplica el derecho teniendo como base fundamental que el hombre genera una serie de actitudes que, a raíz de ellas, siente la necesidad de que sea tomada por la manos de la ley mediante normas coactivas.

7. La Importancia de los Valores Éticos y el Derecho Natural

Lo importante del derecho natural es recordar que los hombres nos desarrollamos a través de unos valores, la mayoría de estos de carácter ético e interior, y que están integrados por la moral. El ser humano no puede desligarse de ello. El hombre no puede perder la esencia que adquiere de la naturaleza y le da un carácter subjetivo al derecho que es sumamente necesario. Es cierto, y se admite, que se necesita la acción de unas normas de derecho positivo, emanadas por la autoridad competente del Estado, pero deben estar inspiradas en un derecho natural.

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