Derecho de las Obligaciones: Conceptos, Elementos y Efectos

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Definición de Obligaciones

Justiniano definió la obligación como "el vínculo jurídico que nos constriñe a pagar algo a otro". En la actualidad, se define como: "la relación jurídica en virtud de la cual alguien denominado deudor debe satisfacer una prestación a favor de otro llamado acreedor". Para Borda, el derecho es "el vínculo establecido entre dos o más personas, o un grupo, para el cumplimiento de un servicio o una obligación".

Elementos de las Obligaciones

Son aquellos componentes indispensables para que pueda existir la relación jurídica que denominamos "obligaciones".

Sujeto

Son las personas (físicas o jurídicas) entre quienes se establece el nexo o vínculo obligacional. En toda obligación debe haber un sujeto activo (acreedor), que es la persona que tiene derecho a exigir la prestación, y un sujeto pasivo (deudor), que es quien debe cumplirla. El primero es titular de un crédito y el segundo es responsable de una deuda.

Los sujetos deben estar determinados al momento de contraerse la obligación, es decir, se debe saber quién es el acreedor y quién es el deudor. Sin embargo, se admiten algunos casos en los que el sujeto pueda determinarse posteriormente (determinación posterior del deudor o del acreedor).

Pueden ser sujetos de la obligación todas las personas, sean físicas o jurídicas. Un animal o una cosa no pueden ser sujetos porque no son personas.

Para que la obligación sea válida, el sujeto debe ser capaz, de lo contrario hay nulidad. Si falta la capacidad de derecho, el acto es nulo, de nulidad absoluta. Si falta la capacidad de hecho, el acto es nulo pero de nulidad relativa, pues puede confirmarse.

Los sujetos pueden ser únicos o múltiples, en el sentido de que puede haber varios acreedores o varios deudores.

Objeto

Es la actividad que puede exigir el acreedor y que debe cumplir el deudor. Esa actividad, denominada habitualmente prestación, puede consistir en dar alguna cosa (dinero o especie), en hacer algo o en no hacer algo. Tiene varios requisitos:

  • Posible: física y jurídicamente. Nadie puede obligarse a dar o hacer algo que sea imposible físicamente (ej.: tocar el cielo con las manos) o imposible jurídicamente (ej.: hipotecar un auto).
  • Lícito: las leyes no pueden aceptar obligaciones cuyo objeto sea ilícito, es decir, contrario a la ley (ej.: obligarse a matar a otro).
  • Estar en el comercio y ser conforme a la moral y las buenas costumbres.
  • Determinado: debe estar determinado al momento de contraerse la obligación o ser susceptible de determinarse posteriormente. No es posible obligar al deudor a dar o hacer algo que no se sabe qué es. Cuando se trata de cosas fungibles (dinero, cereales), la determinación se logra expresando el género, la calidad y la cantidad.
Legitimidad del Objeto

Para que la obligación sea válida, es necesario que su objeto sea legítimo. Surge la cuestión de cuáles son las obligaciones con objeto prohibido o ilegítimo.

Causa

El artículo 499 del Código Civil dictamina que no existe una obligación sin una causa en la cual se fundamente. La causa puede ser lícita o ilícita, ya que ambos generan obligaciones en quienes la llevaron a cabo.

Se distingue entre:

  • Causa fuente: es el hecho que da origen a la obligación.
  • Causa fin: es la finalidad perseguida al crearse la obligación.

El artículo 501 del Código Civil establece que una obligación será válida aunque la causa expresada sea falsa, si se funda en otra verdadera. El artículo 502 del Código Civil dispone que cualquier obligación fundada en una causa ilícita es de ningún efecto.

Efectos de las Obligaciones

Son las consecuencias jurídicas que derivan de las obligaciones. El Código Civil establece que quedan sujetos a los efectos de las obligaciones el acreedor y sus sucesores, nunca los terceros.

El efecto puede evaluarse desde dos puntos de vista:

Respecto del Acreedor

Pueden distinguirse dos tipos de efectos:

Principales
  • Normales: que el acreedor cobre en especie lo que se le prometió, ya sea por voluntad del deudor, por cumplimiento forzoso (la ley obliga a cumplir al deudor) o por un tercero a costa del deudor.
  • Anormales: se relacionan con el pago de una indemnización al acreedor por el no cumplimiento.
Secundarios

Dispuestos a proteger el crédito del acreedor y el patrimonio del deudor.

Respecto del Deudor

Consiste en ciertos derechos a favor del deudor:

  • A exigir la colaboración del acreedor (solo si es necesario para el cumplimiento).
  • A pagar y quedar liberado luego del pago (cuando el acreedor se niega a recibir el pago y se realiza por vía legal).
  • A repeler las acciones del acreedor (cuando la obligación se encuentra extinta o modificada por causa legal).

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