Derecho de las Personas y de Familia
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Sujeto de Derecho
Aptitud para entrar en relaciones jurídicas, es la calidad que permite contraer obligaciones jurídicas.
Personas Físicas
Cambios en la Organización Familiar
- El Uruguay tiene un envejecimiento poblacional como consecuencia del aumento de la esperanza de vida y la caída de la tasa de natalidad.
- Con la incorporación de la mujer al mercado laboral se va incrementando la tendencia a reducir el número de hijos.
- Aumento de las separaciones y divorcios sin importar el tiempo de convivencia dentro del matrimonio.
- Tendencia a la informalidad de los vínculos: la gente se casa menos con la tasa de matrimonio y aumentan las uniones libres o concubinatos.
- Menor tiempo real de los padres con los hijos lo que genera un conflicto a resolver por la familia en el cuidado de los hijos.
Estado Civil
Es la situación jurídica de la persona jurídica en la familia y en la sociedad, constituida por un conjunto de cualidades jurídicas particulares derivados de los vínculos de familia, generando derechos y obligaciones. Características: 1)Inherente a la persona humana, 2) Estable, no se modifica si la gente no lo hace, 3) Único, no puede estar casado y soltero al mismo tiempo 4)Imperativo, nos impone la ley, 5)Imprescriptible, seguir casado y estar separado no logra el divorcio.
Medios de Prueba Estado Civil
Normales
Son los que surgen de las actas del Registro de Estado civil, -Son documentos públicos, son los asientos efectuados en los libros correspondientes. - Tienen que registrarme los datos que la ley determina y en los plazos previstos. -Si existen errores se deben salvar por el funcionario. Existen 5 libros: nacimiento, matrimonio, defunciones, reconocimientos, adopciones.
Supletorios
Están ordenados jerárquicamente: -otros documentos públicos, -testigos presenciales, -Juicio de posesión notoria.
Parentesco
Es la relación en familia existente entre 2 o más personas como consecuencia de los vínculos de sangre, del matrimonio o de la adopción.
Filiación
Es un vínculo jurídico existente entre 2 personas de la cual una ha nacido de la otra, o por un vínculo jurídico creado por las normas jurídicas. Filiación biológica(aquella que deriva de la propia naturaleza del ser humano, son los hijos que descienden):
- matrimonial
- extra matrimonial.
Filiación civil: adopción.(no coincide el vínculo jurídico y el vínculo biológico, interviene la voluntad de las partes y el mandato de la ley).
Filiación Legítima: Presunciones
- los hijos de personas del mismo sexo y un tercero concibiente.
- Los legítimados por subsiguiente matrimonio.
- Si la criatura nace fuera de los 180 días después de contraído éste y dentro de los 300 días siguientes a la disolución.
Filiación Adoptiva
- -Es una excepción que tiene como finalidad asegurar un espacio de familia.
- -Es plena porque todos los derechos corresponden a la familia adoptante.
- -Es irrevocable, no puede renunciarse.
- -Es realizada exclusivamente por el INAU,
- -Se podría realizar una adopción individual o conyugal.
- -Los adoptantes deben tener mínimo 25 años, y 15 de diferencia con el adoptado.