Estado de Derecho: Principios, División de Poderes y la Evolución de Derechos y Deberes
El Estado de Derecho: Fundamentos y Evolución
Las exigencias básicas indispensables de todo auténtico Estado de Derecho, según Elías Díaz, son:
- El Imperio de la Ley: Expresión de la voluntad general y creada por un órgano popular representativo.
- La División de Poderes: Legislativo, ejecutivo y judicial. Su finalidad es evitar la concentración de poder que llevaría al absolutismo o la dictadura.
- La Legalidad de la Administración: Actuación de la administración según la ley, con control judicial y sin inmunidad jurisdiccional.
- Derechos y Libertades Fundamentales: Garantías formales y materiales de derechos y libertades.
La División de Poderes: Control y Equilibrio Estatal
La División de Poderes es una exigencia fundamental del Estado de Derecho y supone un control efectivo al poder estatal. Representa la afirmación "negativa" del modo de ser del Estado, impidiendo que este rompa y destruya el libre desenvolvimiento de intereses y aspiraciones presentes en la sociedad.
Aportaciones Históricas a la División de Poderes
Dos figuras clave en la conceptualización de la división de poderes son:
John Locke
Basado en la experiencia histórica de la Inglaterra de la Revolución Gloriosa (1688), Locke, en su obra Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil, expone su teoría de los tres poderes. Para que los hombres dispongan de un Estado Civil que supere la inseguridad jurídica característica del "estado de naturaleza", son necesarias tres condiciones:
- Una ley positiva establecida por consenso general.
- Un juez imparcial.
- Un poder que haga cumplir las leyes y las sentencias.
Montesquieu
En su obra El Espíritu de las Leyes (Libro XI, Capítulo VI, 1748), Montesquieu formula la necesidad de la División de Poderes como "garantía para la libertad de los ciudadanos" y "conditio sine qua non" para la existencia de la libertad.
Declaraciones de Derechos y Deberes: Evolución y Nuevos Paradigmas
García Pelayo afirma que "su contenido tiene un componente variable en función de las amenazas que sobre la persona humana arroja un momento histórico determinado".
Hoy nos encontramos con planteamientos distintos a los que originaron anteriores Declaraciones de Derechos. Son, como hoy se les denomina, los "Nuevos Derechos", que "se dirigen al hombre concreto que se halla en una situación específica" y no al hombre abstracto. Estos Nuevos Derechos corresponden a un Estado Democrático, Liberal y Social. Exigen una intervención del Estado, sin menoscabo de las libertades, y tienen un marcado tinte social.
Junto a las Declaraciones de Derechos, hoy también existen las Declaraciones de Deberes, fundamentadas en la idea-fuerza de la Fraternidad y destinadas a facilitar una actividad estatal socio-asistencial.