Derecho Procesal: Conceptos Fundamentales y Tipos de Litigios

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1. Litigio

Definición: Conflicto de intereses calificado por la pretensión de uno de los interesados y la resistencia de otro.

2. Autotutela

Definición: La autotutela o autodefensa consiste en la imposición de la pretensión propia en perjuicio de un interés ajeno.

Características: Uno de los sujetos en conflicto, o en ocasiones ambos (como en un duelo o guerra), resuelven o intentan resolver el conflicto pendiente con el otro mediante su acción directa, en lugar de recurrir a la acción dirigida hacia el Estado a través del proceso.

3. Fundamento Constitucional de la Autotutela

  • Artículo 17 Constitucional: Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.
  • Artículo 226 C.P.F: Violación a la prohibición de autotutela.

4. Clasificación de Casos de Autotutela

  1. Réplica o respuesta a un ataque precedente: Legítima defensa (Art. 15, Fracc. IV, C.P.F). Defensa internacional en casos de guerra: Estados frente a la agresión de otro Estado (Estado vs. Estado) - Corte Internacional de Justicia.
  2. Ejercicio personal o directo de un derecho subjetivo sin previo ataque: Estado de necesidad, estado de derecho.
  3. Ejercicio de facultades atribuidas al mando para situaciones de excepción: Cumplimiento de un deber.
  4. Ejercicio de una potestad de uno de los sujetos en un litigio: Facultad disciplinaria (sanciones administrativas), potestad sancionadora (infracciones administrativas).
  5. Combate entre partes enfrentadas: La fuerza, y no la razón, decide las diferencias.

5. Autocomposición

Definición: Medio de solución parcial que proviene de una o ambas partes en conflicto.

  • Unilateral: Una de las partes.
  • Bilateral: Ambas partes.

6. Desistimiento

Definición: Renuncia a la pretensión litigiosa deducida por la parte atacante, y en caso de haber promovido ya el proceso, la renuncia a la pretensión formulada por el actor en su demanda o por el demandado en su reconvención.

7. Perdón del Ofendido

Se realiza mediante la querella. En el derecho procesal penal se distingue entre los delitos perseguibles mediante denuncia y aquellos perseguibles por querella.

8. Allanamiento

Definición: Actitud autocompositiva de la parte demandada. Consiste en aceptar o someterse a la pretensión de la parte actora o atacante. Al allanarse, el demandado no opone resistencia, por lo que no se manifiesta un litigio. En el proceso, se suprimen las etapas de prueba y alegatos, y aunque el juzgador cita para sentencia, esta aprueba el allanamiento.

9. Transacción

Definición (Art. 2934 del C.C.): Contrato por el cual las partes, mediante concesiones recíprocas, terminan una controversia presente o previenen una futura. Es un medio autocompositivo bilateral, donde ambas partes solucionan el conflicto renunciando parcialmente a su pretensión o resistencia. Debe implicar una renuncia o concepción equilibrada y razonable de cada parte. Nadie puede hacer justicia por sí solo.

10. Heterocomposición

Definición: Solución al conflicto calificada de imparcial, dada por un tercero ajeno al litigio, sin interés propio en la controversia. Ejemplos: mediación, conciliación, arbitraje.

11. Mediación

Definición: Método Harvard (winer vs. winer). Acción y efecto de mediar, desarrollada por una persona de confianza de quienes sostienen intereses contrapuestos, para evitar un conflicto. La función del tercero puede limitarse a propiciar la comunicación y negociación entre las partes para que lleguen a un acuerdo. El tercero es un mediador que facilita el intercambio de puntos de vista y las invita a un acuerdo.

12. Conciliación

Definición: Medio alterno de solución de controversias en materia penal. Se proponen alternativas concretas a las partes para que resuelvan sus diferencias de común acuerdo. El tercero (conciliador) no solo media, sino que sugiere fórmulas específicas para llegar a un convenio.

13. Antecedente Histórico del Ombudsman

La institución nació en la Constitución sueca de 1809. Se desarrolló durante el siglo XIX solo en Suecia y en el siglo XX se difundió a los demás Estados escandinavos (Finlandia, Dinamarca y Noruega).

14. Fundamento Constitucional Legal del Ombudsman en México

Se introdujo en 1976 con la Procuraduría Federal del Consumidor, con funciones similares al Ombudsman sueco del consumidor. En 1985, se introdujo en la UNAM la Defensoría de los Derechos Universitarios. La Comisión Nacional de Derechos Humanos (Art. 102 B Constitucional) autoriza al Congreso de la Unión y a las legislaturas estatales a establecer organismos de protección de derechos humanos.

15. Ombudsman (Defensor del Pueblo)

Definición: Representante comisionado del parlamento encargado de cuidar los derechos generales individuales del pueblo, recibir quejas contra actos de funcionarios públicos que se estimen violatorios de la ley, investigar dichos actos y formular recomendaciones para resolver el problema.

16. Arbitraje

El tercero ajeno a la controversia (árbitro) tiene una función de mayor relieve. No solo propone la solución, sino que la dispone a través de una resolución obligatoria (laudo). Ejemplo: Laboral - Tribunales del Trabajo (patrón, trabajador) - Art. 123 Constitucional.

17. Proceso

Definición: Órgano jurisdiccional del Estado. Juez con facultades para emitir una resolución obligatoria e imponerla coactivamente. Medio idóneo para dirimir imparcialmente, por actos de juicio de la autoridad, un conflicto de intereses con relevancia jurídica. Solución heterocompositiva e imparcial, a cargo de un órgano de autoridad del Estado (juez), que interviene a instancia de una de las partes, y cuya autoridad deriva del imperio de la ley.

18. Soft Law y Hard Law

Hard law se refiere al derecho duro y soft law al derecho blando. El primero es vinculante y el segundo no vinculante.

19. Competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Internacional de Justicia y la Corte Penal Internacional

Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH): Órgano judicial autónomo de la OEA que aplica e interpreta la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Conoce casos contenciosos, emite opiniones consultivas y ordena medidas provisionales.

Corte Penal Internacional (CPI): Tribunal permanente que juzga individuos por crímenes graves que afectan a la comunidad internacional: genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y crimen de agresión.

20. Competencia de la Corte Penal Internacional

Genocidio: Actos para destruir un grupo nacional, étnico, racial o religioso.

Crímenes de Lesa Humanidad: Actos graves contra una población civil.

Crímenes de Guerra: Violaciones graves del derecho internacional humanitario.

Crimen de Agresión: Planificación o ejecución de un acto de agresión que viola la Carta de las Naciones Unidas (en vigor desde 2018).

21. Fundamento Legal de la Corte Penal Internacional

El Estatuto de Roma, tratado internacional adoptado en 1998 y en vigor desde 2002.

22. Derecho Sustantivo y Derecho Instrumental

El derecho sustantivo establece derechos, obligaciones, facultades, deberes y sanciones por incumplimiento (Art. 14 Constitucional). El derecho instrumental regula los procedimientos para aplicar el derecho sustantivo.

23. Principios Generales del Derecho

Normas fundamentales, explícitas o implícitas, con función directiva, interpretativa e integradora. Ejemplos:

  • Lo accesorio sigue la suerte de lo principal.
  • Quien puede lo más, puede lo menos.
  • Nadie está obligado a lo imposible.
  • Nadie debe ser condenado sin ser oído.
  • Lo que es nulo no produce efecto alguno.
  • El Derecho nace del hecho.

24. Derecho Procesal

Definición: Conjunto de normas y principios jurídicos que regulan el proceso jurisdiccional y la integración y competencia de los órganos estatales que intervienen en él.

25. Acción

Definición: Poner en marcha al órgano jurisdiccional mediante demanda o denuncia, en respuesta a una petición.

26. Teoría General del Proceso

Definición: Parte general de la ciencia del derecho procesal que estudia los conceptos, principios e instituciones comunes a las diversas disciplinas procesales especiales.

27. Tipos de Proceso (Según Héctor Fix-Zamudio)

  1. Proceso de interés individual o privado: Predomina el principio dispositivo, con iniciativa de parte y disponibilidad del objeto del proceso.
  2. Proceso de interés social: Rige el principio de igualdad por compensación, con iniciativa de parte e indisponibilidad del objeto del proceso.
  3. Proceso de interés público: Impera el principio publicístico, con intervención de dos órganos del Estado (juez y parte) y relativa indisponibilidad del objeto del proceso.

28. Derecho Procesal Dispositivo

Definición: Permite a las partes disponer del proceso y del derecho sustantivo controvertido, mediante actos unilaterales (desistimiento o allanamiento) o bilaterales (transacción).

29. Derecho Procesal Civil y sus Legislaciones

Definición: Disciplina que estudia las normas que regulan el proceso para solucionar litigios sobre la interpretación o aplicación de normativas sustantivas civiles (Artículos 40 y 124 Constitucionales, Artículo 55 CPCDF).

30. Entrada en Vigor del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

1 de abril de 2027.

31. Derecho Procesal Mercantil y sus Legislaciones

Definición: Rama que estudia las normas que regulan el proceso para solucionar litigios mercantiles (Artículo 73, fracción X, de la Constitución Política de 1917).

32. Derecho Procesal Social y sus Legislaciones

Regula las relaciones de las personas como miembros de un grupo o clase social, considerando su desigualdad real para lograr su igualdad material ante el ordenamiento jurídico.

33. Derecho Procesal del Trabajo y sus Legislaciones

Definición: Disciplina que estudia las normas que regulan el proceso para solucionar conflictos entre patrón y trabajador (Artículo 123, inciso A, Constitucional; Ley Federal del Trabajo).

34. Derecho Procesal Agrario y su Legislación

Definición: Rama que estudia las normas que regulan el proceso para solucionar conflictos sobre propiedad, posesión y uso de inmuebles rurales, y sobre contratos agrarios (Ley Agraria, Artículo 27 Constitucional).

35. Derecho Procesal de la Seguridad Social y su Legislación

Definición: Disciplina que estudia las normas que regulan el proceso para solucionar conflictos sobre derechos y prestaciones de asegurados y sus familiares (Art. 123 Constitucional).

36. Derecho Procesal Publicístico y su Legislación

Comprende diversas disciplinas que estudian procesos donde el Estado interviene como parte (actora o demandada) y como juzgador. Rige el principio de publicidad.

37. Derecho Procesal Penal y su Legislación

Definición: Estudia las normas que regulan el proceso para solucionar controversias sobre la comisión de delitos y la aplicación de sanciones penales (Artículo 20, incisos A y B, Constitucional; Códigos Penales).

38. Derecho Procesal Administrativo y su Legislación

Definición: Estudia el proceso para solucionar conflictos entre particulares y la administración pública (Artículos 89, 90, 91 y 92 Constitucionales).

39. Actor y Demandado

Actor: Demandante en procesos no penales, acusador en el proceso penal.

Demandado: Parte contra quien se demanda en procesos no penales, imputado en el proceso penal.

40. Derecho Procesal Familiar y Civil y su Actual Reforma

Definición: Estudia las normas que regulan el proceso para solucionar conflictos sobre familia y estado civil (Reformas de 1971 a la LOTJDF, reforma de 1973 al CPCDF).

41. Derecho Procesal Constitucional

Definición: Estudia las normas que regulan el proceso para solucionar conflictos sobre la interpretación y aplicación de normas constitucionales. Medios constitucionales: juicio de amparo (directo e indirecto), acción de inconstitucionalidad (Art. 105, inciso B), controversias constitucionales (Art. 105, inciso A).

42. Derecho Procesal Electoral y su Legislación

Definición: Estudia las normas y principios que regulan el proceso y los medios de impugnación para solucionar controversias sobre actos de autoridades en procedimientos electorales (Artículos 41, fracción IV, y 99 Constitucionales; Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales).

43. Diferencias y Semejanzas entre la Declaración del Hombre y del Ciudadano y la CPEUM

La Declaración es universal, la Constitución es particular a cada país. La Constitución organiza el Estado y atribuye facultades a los poderes, mientras que la Declaración se centra en los derechos humanos.

44. Derechos Humanos en la Constitución (7 ejemplos)

  • Igualdad ante la ley (Art. 1)
  • Libertad de expresión (Art. 6)
  • Protección de la salud (Art. 4)
  • Educación (Art. 3)
  • Propiedad (Art. 27)
  • Libertad personal y seguridad (Arts. 14 y 16)
  • Juicio justo (Art. 17)

45. División de la Constitución

  • Dogmática: Establece los derechos de las personas.
  • Orgánica: Establece el diseño del Estado (forma de gobierno, poderes, etc.).

46. Derecho Procesal Internacional

Definición: Rama que estudia las normas que regulan el proceso para solucionar conflictos sobre la interpretación y aplicación de normas internacionales.

47. Artículos de la Declaración Universal de Derechos Humanos (6 ejemplos)

  • Art. 1: Libertad e igualdad en dignidad y derechos.
  • Art. 3: Derecho a la vida, libertad y seguridad.
  • Art. 4: Prohibición de la esclavitud.
  • Art. 5: Prohibición de la tortura.
  • Art. 6: Reconocimiento de la personalidad jurídica.
  • Art. 9: Prohibición de la detención arbitraria.

48. Competencias Internacionales en Materia de Derechos Humanos

  • Naciones Unidas (ONU)
  • Corte Internacional de Justicia (CIJ)
  • Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
  • Corte Interamericana de Derechos Humanos

49. Jurisdicción

Definición: Función pública de órganos estatales independientes, a través del proceso, para conocer litigios, emitir decisiones y ordenar su ejecución.

50. Jurisdicción Contenciosa y Voluntaria

No obedece a la libre voluntad del interesado, sino que está impuesta por la ley (Art. 40 Constitucional).

51. Jurisdicción Federal, Local, Concurrente y Auxiliar

  • Local y Federal: Art. 40 Constitucional.
  • Concurrente: Art. 104, fracción II, Constitucional.
  • Auxiliar: Apoyo de tribunales locales al Poder Judicial de la Federación (Art. 1, fracción VIII, LOPJF).

52. Jurisdicción Forzosa y Prorrogable

Competencia de los órganos jurisdiccionales que no puede ser alterada ni modificada por las partes (improrrogable).

53. Jurisdicción Retenida y Delegada

Caracteriza a los tribunales administrativos, especialmente los basados en el modelo francés.

54. Jurisdicción Especial y Extraordinaria

Se activa en circunstancias excepcionales, fuera de los procedimientos judiciales ordinarios.

55. Límites de la Jurisdicción

Fronteras o restricciones al poder de un tribunal para resolver conflictos o aplicar la ley.

56. Competencia

Definición: Suma de facultades que la ley otorga al juzgador para ejercer su jurisdicción en determinados litigios.

57. Criterios para Determinar la Competencia (Art. 144 CPCDF)

  • Materia
  • Cuantía
  • Grado
  • Territorio

58. Materia

Criterio para determinar la competencia según el tipo de litigio.

59. Cuantía

Valor del litigio (en materia penal, la pena aplicable; en materia civil, el valor pecuniario).

60. Grado

Si el litigio ha sido sometido o no a un juez previamente.

61. Territorio

Ámbito espacial donde el juez ejerce su función.

62. Atracción

Acumulación de juicios singulares al juicio universal en caso de fallecimiento o insolvencia.

63. Conexidad

Vínculo entre litigios por la misma causa o relación jurídica (objetiva) o por las mismas partes (subjetiva).

64. Prevención

Criterio subsidiario para determinar la competencia cuando varios jueces son competentes; previene el que conoce primero el asunto.

65. Turno

Orden de distribución interna de demandas entre juzgadores con la misma competencia.

66. Excusa

Medio para que el juez se abstenga de conocer un asunto por impedimento.

67. Recusación

Medio para que las partes denuncien un impedimento del juez y pidan su abstención.

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