El Derecho Procesal Constitucional: Concepto, Características y Principios Fundamentales

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El Derecho Procesal Constitucional

Para Fix-Zamudio, el derecho procesal constitucional es la disciplina que se ocupa del estudio de los órganos y de las normas procesales que deciden controversias de carácter constitucional.

Osvaldo Alfredo Gozaíni señala que esta rama del derecho pretende estudiar las garantías contenidas en las cartas fundamentales, los procesos que al efecto se diseñan y los órganos encargados para encausar tales objetivos, es decir, las magistraturas constitucionales.

Para Juan Colombo Campbell, el derecho procesal constitucional es aquella rama del derecho público que establece las normas procesales orgánicas y funcionales necesarias para dar eficacia real a la norma constitucional cuando surge un conflicto entre un acto de autoridad o de un particular y sus disposiciones.

Controversia Constitucional: Artículos 105 y 133

Enrique Falcón define el derecho procesal constitucional como el conjunto de sistemas interrelacionados destinados a la solución de conflictos jurídicos que surjan del orden constitucional de un Estado y de la protección de los derechos y garantías fundamentales.

La SCJN lo define como un conjunto de normas y principios destinados a regular los procesos y procedimientos creados para la defensa de la Constitución, cuya resolución corresponde a órganos jurisdiccionales como no jurisdiccionales, y que pretenden asegurar el ejercicio de los derechos humanos y de la esfera de atribuciones que corresponde a cada órgano del Estado, lográndose así el equilibrio necesario entre el ejercicio del poder y de las libertades, que facilitará el progreso social buscado por el constituyente al elaborar la norma fundamental.

Conjunto de Normas y Principios

Norma

Códigos de conducta cuya inobservancia es sancionada por el Estado.

Principio

Ronald Dworkin señala que por principio debe entenderse una pauta que ha de observarse porque es una exigencia de justicia, equidad o de otro aspecto moral.

Procesos y Procedimientos Creados para la Defensa de la Constitución

Proceso

El proceso remite a una serie concatenada de actos del juez, las partes y aun de terceros para solucionar un litigio.

Procedimiento

El procedimiento es una serie de actos relacionados entre sí, que no necesariamente conducen a resolver un litigio.

Los procedimientos son cada parte del proceso.

Su Resolución Corresponde Tanto a Órganos Jurisdiccionales como No Jurisdiccionales

  • Tribunales de la Federación (Artículos 94, 99, 103, 104, 105, 107).
  • Órganos políticos (Artículos 110 y 111).
  • Comisiones protectoras de Derechos Humanos (Artículo 102, inciso B, último párrafo).

El Derecho Procesal Asegura el Ejercicio de los Derechos Humanos y la Esfera de Atribuciones que Corresponde a Cada Órgano del Estado

  • Reconocimiento de los Derechos Humanos.
  • Prevalencia de la estructura orgánica y competencial.

Equilibrio Necesario Entre el Ejercicio del Poder y el de las Libertades

El sistema de pesos y contrapesos, así como los medios de control constitucional, pretenden reparar todo exceso del poder cometido por cualquier entidad del Estado, sobrepasando su régimen competencial.

Lo anterior prevendrá que los Derechos Humanos se vean socavados cuando algún órgano del Estado se extralimite en sus funciones.

Etapas del Proceso

  • Postulatoria
  • Probatoria
  • Alegatos
  • Resolutorio
  • Recurso a segunda instancia
  • Ejecución

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