Derecho Procesal del Trabajo en Perú: Guía Completa

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Derecho Procesal del Trabajo

Rama del derecho que conoce de la actividad jurisdiccional del Estado, respecto de las normas que regulan las relaciones laborales desde los puntos de vista jurídico y económico.

Fuentes del Derecho del Trabajo

Constitución Política del Perú 1993

  • Art. 22: El trabajo es un deber y un derecho, es la base del bienestar social y un medio de realización de la persona.
  • Art. 27: La ley otorga al trabajador adecuada protección contra el despido arbitrario.
  • Art. 29: Se reconoce el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de la empresa y promueve otras formas de participación.

La Ley

  • Ley Procesal del Trabajo – Ley N° 26636 (24-06.1996) antigua Ley.
  • Nueva Ley Procesal del Trabajo – Ley N° 29497 (15.01.2010) ACTUALMENTE.

Reglamento

Conjunto de normas generales, abstractas y obligatorias, expedidas por el Presidente de la República y los Gobernadores de los Estados.

  • Art. 118: Corresponde al Presidente de la República ……Ejercer la potestad de reglamentar las leyes, sin transgredirlas ni desnaturalizarlas; y dentro de tales límites dictar decretos y resoluciones.

Convenio Colectivo

Un acuerdo entre representantes de los trabajadores y el empresario para regular las mutuas relaciones laborales, en su dimensión colectiva e individual. El convenio es el resultado de un proceso de negociación entre partes que deciden instituir unas reglas que van a regir no solo para los firmantes del acuerdo.

La Constitución en su artículo 28, inciso 2 establece: “El estado fomenta la negociación colectiva y promueve formas de solución pacífica de los conflictos laborales. La convención colectiva tiene fuerza vinculante en el ámbito del concertado”.

Organización Internacional del Trabajo

A través de acuerdos adoptados en el seno de entes internacionales de carácter institucional. Tal derecho aspira, a convertirse en un derecho universal aplicable a todos los Estados.

  • Naturaleza de la OIT: Fue creada en 1919, es un organismo especializado de la ONU, dotada de plena capacidad jurídica y de autonomía frente a la propia ONU.
  • Acción de la OIT: Tiene por finalidad la mejora de las condiciones de vida y trabajo de los trabajadores.

Demanda

Es el acto de iniciación del proceso por medio del cual se ejerce el derecho de acción -derecho público subjetivo de provocar la actividad de los órganos judiciales- y se deduce la pretensión, aquello que se quiere obtener de la declaración judicial.

Requisitos

  • La demanda se presenta por escrito y debe contener los requisitos y anexos establecidos en la norma procesal civil.
  • Debe incluirse, cuando corresponda, la indicación del monto total del petitorio.
  • El demandante puede incluir de modo expreso su pretensión de reconocimiento de los honorarios que se pagan con ocasión del proceso.
  • Cuando el proceso es iniciado por más de un demandante debe asignarse a uno de ellos para que los represente y señalarse un domicilio procesal único.

Admisión de la Demanda

Es el acto procesal por el cual el juez califica la demanda y decide si cumple con los requisitos y la admite, o lo contrario que no cumple con estos y la rechaza. Si observa el incumplimiento de alguno de los requisitos, concede al demandante cinco días hábiles para que subsane la omisión o defecto.

Inadmisibilidad

  • No tenga los requisitos legales.
  • No se acompañen los anexos exigidos por ley.
  • El petitorio sea incompleto o impreciso; o
  • La vía procedimental propuesta no corresponda a la naturaleza del petitorio o al valor de este, salvo que la ley permita su adaptación.

Improcedente

  • El demandante carezca evidentemente de legitimidad para obrar.
  • El demandante carezca manifiestamente de interés para obrar.
  • Advierta la caducidad del derecho.
  • Carezca de competencia.
  • No exista conexión lógica entre los hechos y el petitorio.
  • El petitorio fuese jurídica y físicamente imposible.

Principios

  • Concentración
  • Celeridad e inmediación
  • Oralidad
  • Economía procesal

Competencia

  • En la antigua hasta 10 URP y ahora hasta 50 URP, el encargado es el juez de paz letrado laboral.
  • Solo se tramita por proceso abreviado.
  • Puede terminar en 6 meses.
  • Se permite todo tipo de embargos.

Autonomía

La Autonomía Didáctica

Está basada en el hecho que el Derecho Procesal del Trabajo puede ser objeto de estudio en forma separada de otras disciplinas jurídicas. Esta autonomía facilita que pueda ser estudiado en todas las Facultades de Derecho de las universidades del país.

La Autonomía Jurídica

El Derecho Procesal del Trabajo tiene autonomía jurídica porque cuenta con principios doctrinarios propios y una legislación especial, independientes de otras ramas del derecho que pudieran tratar de abarcarlo.

La Autonomía Científica

Se aprecia en el hecho que las instituciones del Derecho Procesal del Trabajo son susceptibles de ser sistematizadas orgánicamente dando como resultado un orden de estudio homogéneo y extenso.

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