Derecho de Propiedad Fiduciaria y Usufructo

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Propiedad Fiduciaria

Fideicomiso (Art. 733): La propiedad fiduciaria es aquella que está sujeta al gravamen de pasar a otra persona por el hecho de verificarse una condición. (Requisitos: bien susceptible de darse en fideicomiso, 3 personas, existencia de alguna condición).

Fiduciario

Derechos:

  1. Revindicar el fideicomiso si se ha perdido su posesión.
  2. Transmitir y transferir la propiedad fiduciaria.
  3. Gravar la cosa.
  4. Percibir los frutos.
  5. Libre administración.
  6. Retención.

Obligaciones:

  1. Inventario solemne.
  2. Rendir caución.
  3. Conservación.
  4. Restitución (de la cosa fiduciaria).

Fideicomisario

Derechos:

  1. Impetrar medidas conservatorias.
  2. Vender su expectativa.
  3. Ser oído cuando el fiduciario quiera gravar la cosa.
  4. Reclamar la cosa una vez cumplida la condición.
  5. Cobrar perjuicios.

Obligaciones:

  1. Reembolsar expensas extraordinarias y necesarias.

Extinción del Fideicomiso

  1. Restitución.
  2. Resolución del derecho del constituyente.
  3. Destrucción de la cosa.
  4. Renuncia del fideicomisario antes del día de la restitución.
  5. Por fallar la condición o no haberse cumplido en tiempo hábil.
  6. Confundirse la calidad de único fiduciario con la de único fideicomisario.

Usufructo

Usufructo (Art. 764): Derecho que permite a su titular usar una cosa ajena sin ser el propietario.

Usufructuario

Derechos:

  1. Usar y gozar de la cosa haciendo suyos los frutos civiles.
  2. Administrar la cosa usufructuaria.
  3. Arrendar y ceder el usufructo.

Obligaciones:

  1. Previas al goce: Inventario solemne y caución voluntaria.
  2. Durante el usufructo:
    1. Respetar arriendo y demás cargas.
    2. Mantener la cosa y substancia.
    3. Pagar expensas y mejoras.
    4. Puede quedar sujeto a deudas hereditarias o testamentarias.
  3. Extinción del usufructo: Restituir la cosa.

Nudo Propietario

Derechos:

  1. Percibir los frutos pendientes al momento de la restitución de la cosa.
  2. Indemnización de perjuicios.
  3. Solicitar terminación anticipada.
  4. Remunerado de la acción real protectora de su derecho.

Obligaciones:

  1. Pagar expensas extraordinarias.

Extinción del Usufructo

  1. Llegada del plazo o cumplimiento de la condición.
  2. Muerte del usufructuario.
  3. Resolución del derecho del constituyente.
  4. Prescripción.
  5. Renuncia del usufructuario.
  6. Consolidación del usufructo con la nuda propiedad.
  7. Destrucción completa de la cosa.
  8. Sentencia judicial.

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