Derecho Romano: La Mujer Siu Iuris y la Capitis Deminutio
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La Mujer Siu Iuris y la Capitis Deminutio en el Derecho Romano
La mujer Siu Iuris recibía el nombre de Mater Familia estuviese o no casada, siempre y cuando fuese de costumbres honestas. Ella podía tener un patrimonio y ejercía el poder sobre sus esclavos (Dominica Potesta). A pesar de poseer la Dominica Potesta, las demás potestades eran exclusivas del Pater Familia.
¿Qué son los Alieni Iuris?
Son los sometidos a alguna de las facultades o potestades ejercidas por el Pater Familia.
¿Qué es la Capitis Deminutio?
Aplicada a hombres libres o esclavos, para la época de las Institutas de Justiniano, esta expresión se utilizaba en el sentido de personalidad. Originalmente, Capitis Deminutio significó disminución del grupo social o de la familia; más tarde, se utilizó en el sentido de pérdida o disminución de la capacidad jurídica.
La Capitis Deminutio se define como el cambio o disminución de un Status preexistente. Como existían tres Status, en el derecho romano se conocieron tres tipos de Capitis Deminutio.
Tipos de Capitis Deminutio
1. Capitis Deminutio Máxima
Era la pérdida del Status Libertatis, es decir, la pérdida de la libertad. En el derecho Justiniano incurrían en Capitis Deminutio Máxima:
- Los libertos condenados por ingratitud para con su antiguo dueño.
- Los condenados a las bestias o a las minas (los llamados "ciervos de la pena").
- Las personas libres que se hacían vender como esclavos para luego recibir parte del precio de la venta.
2. Capitis Deminutio Media
Era la pérdida de la ciudadanía y, como consecuencia, también de la familia. Se producía cuando alguien sufría la Interdicción del Agua y del Fuego (exilio) o cuando era deportado a una isla. El individuo que perdía la ciudadanía pasaba a ser peregrino.
3. Capitis Deminutio Mínima
Era un cambio en el Status Familiae, es decir, un cambio en la potestad. Se daba en los siguientes casos:
- Cuando un Pater Familia era adoptado por otro Pater Familia.
- En caso de legitimación de los hijos habidos en un concubinato.
- Cuando el Alieni Iuris era emancipado y se revocaba la emancipación.
- Cuando un hijo de familia era dado en adopción o cedido en Mancipium.
- Cuando una mujer contraía matrimonio y pasaba a estar In Manus del marido.