Derecho Subjetivo: Teorías de Negación y Clasificación de Hohfeld
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Derecho Subjetivo: La Negación Doctrinal
La negación del derecho subjetivo obedece a su vez a razones doctrinales muy diferentes. A continuación, examinaremos algunas de ellas.
1. Planteamientos de Kelsen
Kelsen sostiene que no es posible dar cuenta científicamente de ningún problema jurídico si no es en términos estrictamente normativos. Para él, el Derecho es un mandato normativo condicional, una atribución que consiste en que la norma establece una consecuencia.
Desde esta perspectiva, el derecho subjetivo no es otra cosa que un aspecto del derecho objetivo, visto desde el sujeto; es decir, una relación determinada entre el ordenamiento jurídico y un sujeto concreto: las mismas normas, contempladas desde la acción de los sujetos de las que depende la aplicación de las consecuencias jurídicas (las sanciones).
2. Crítica desde el Realismo Jurídico
Ross ahonda en el carácter ficticio de los conceptos normativos, que serían meras palabras vacías (flatus vocis), creencias ilusorias o simples metáforas, carentes de referencias semánticas. Aunque la noción de derecho subjetivo no designa ninguna realidad de hecho, nos permite:
- Establecer conexiones entre condiciones y consecuencias jurídicas.
- Crear un sentimiento de obligatoriedad o poder (lo cual es más importante).
3. Primeros Compases de la Sociología
Se destaca la identidad de los grupos sociales como algo superior y previo a lo individual. El individuo aparece como elemento del grupo y es valorado en la medida en que desempeña una función que contribuye al desarrollo armónico y al equilibrio del todo. Se comprende, pues, que desde esa perspectiva se destaque ante todo la primacía de los deberes sociales y que el único derecho subjetivo sea el de cumplir tales deberes.
4. Concepción Nacional-Socialista
Conforme a la concepción propia de la ideología nacional-socialista, el individuo no tiene derechos subjetivos, sino deberes y facultades derivados de la posición jurídica que ocupa, una posición que, obviamente, le es atribuida.
Relación entre Derecho Subjetivo y Deber Jurídico
Desde Kelsen se sostiene que el deber jurídico es el concepto fundamental básico que permitiría explicar, a su vez, el derecho subjetivo. Se trataría de una prioridad de carácter lógico-formal.
Habrá que convenir asimismo que lo que resulta más comúnmente aceptado es la correlatividad, correspondencia o simetría de ambos conceptos. Sin embargo, la idea de los derechos implica un conjunto de problemas mucho más complejo que la simple correlación con el concepto de deber.
Factores básicos para la existencia del Derecho Subjetivo
Para hablar de derecho subjetivo se exigiría al menos la presencia de cinco factores básicos:
- Sujeto activo o titular.
- Sujeto pasivo.
- Obligación correlativa a la demanda del titular.
- Demanda del titular.
- Norma en la que se establece esa correlación.
Modalidades del Derecho Subjetivo según Hohfeld
Hohfeld recoge dos ideas centrales:
- Lo más evidente de la noción de derecho subjetivo es que constituye una pretensión.
- Le corresponde siempre una conducta obligada que consiste en actuar en un sentido positivo o en omitir una conducta.
A partir de estos dos elementos, el sistema de conceptos enunciado en su propuesta gira en torno a cuatro conceptos básicos: pretensión, privilegio, potestad e inmunidad. Estos conceptos se definen a su vez por referencia a otros dos tipos de conceptos: correlativos y opuestos.
Conceptos Fundamentales de Hohfeld
- Pretensión
- Está en la situación ventajosa de pretensión quien puede exigir de otros la realización de una determinada conducta. Quien no se encuentra en dicha situación está en la que describimos como no-derecho.
- Privilegio o Libertad
- Hablamos de quien tiene un derecho, es decir, se encuentra en la situación ventajosa de privilegio quien no tiene el deber de realizar determinadas conductas respecto a otros. Quien no se encuentra en la situación ventajosa está en la que hemos descrito como deber (positivo: obligación de hacer, o negativo: prohibición de hacer).
- Potestad Jurídica o Competencia
- Es quien tiene un derecho que puede hacer valer para modificar sus relaciones jurídicas frente a quien se encuentra en la situación de sujeción. Quien no se encuentra en la situación descrita como potestad está en la que describimos como incompetencia.
- Inmunidad
- Quien se encuentra en la situación que podemos describir como ausencia de deber de cumplir las prescripciones de otros. Quien no se encuentra en la situación ventajosa descrita como inmunidad está en la de sujeción.