Derechos de Alimentos y Matrimonio en Zacatecas

Clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 4,29 KB

Cuadro de Acreedores y Alimentistas

Conyuge-conyuge concubino(a)-concubino hijos-1-hijos, 2 ascendientes por ambas líneas* abuelos paternos y maternos, 3 hermanos *hermanos de padre y madre * hermanos de madre *hermanos de padre, 4 colaterales dentro del 4º *3º tios hijos de mis hermanos *4ºprimos nietos de mis hermanos *tio abuelo, PADRES 1 hijos, 2 descendientes mas próximos en grados *nietos *bisnietos 3 y 4 se repite

Formas de Cumplir Obligación de Dar Alimentos

  • Pensión Suficiente
  • Periódica (semana, quincena, 22 días, 1 mes)
  • Garantizar (asegurar el pago)

Aseguramiento de Alimentos

Cuando existan dudas respecto a si el deudor alimentario cumplirá con su obligación de proveer alimentos.

Formas de Garantizar de Dar Alimentos

  • Hipoteca (bienes inmuebles)
  • Prenda (bienes muebles)
  • Fianza (se pondrá a una persona como aval y será con quien se dirija en caso de no cumplir con la alimentación)
  • Depósito de cantidad suficiente (el juez)

Quienes Tienen Acción de Pedir Alimentos

  1. El acreedor alimentario
  2. El ascendiente que lo tenga bajo su patria potestad
  3. El tutor del acreedor alimentario
  4. Los hermanos y demás parientes colaterales del quinto grado
  5. El Ministerio público
  6. El Consejo Estatal de los derechos del niño

Cuando Cesa Dar Alimentos

  • Cuando el que la tiene carece de medios para cumplirla y lo prueba mediante proceso jurisdiccional
  • Cuando el alimentista deja de necesitar los alimentos
  • Si el alimentista, sin consentimiento del que debe dar los alimentos, abandona la casa de este por causas injustificables
  • En caso de Violencia Familiar cometida por el acreedor alimentista, contra el que debe prestarlos
  • Conducta viciosa o falta de aplicación al trabajo alimentista

Qué es Violencia Familiar y sus Tipos

Es todo acto u omisión dirigida a agredir y puede ser: Física, Psicológica, Sexual, Contra los derechos sexuales y reproductivos, Económica y Patrimonial.

Concepto de Matrimonio

Es la unión jurídica de un hombre y una mujer donde ambos, mediante una comunidad de vida y procurándose respeto, igualdad y ayuda mutua, constituyan una familia, con la posibilidad de procrear hijos de manera libre, responsable e informada. El matrimonio en un acto solemne, debe celebrarse ante el Oficial del Registro Civil y con las formalidades que establece esta ley.

Requisitos para Contraer Matrimonio

  • Ambos contrayentes sean mayores de edad
  • La asistencia previa a los cursos de orientación prematrimonial con perspectiva de género
  • No existe impedimento para casarse

Qué es un Impedimento

Es todo hecho que legalmente prohíbe la celebración del matrimonio.

Impedimentos para Contraer Matrimonio

  • La falta de edad requerida por la ley
  • El parentesco de consanguinidad legítima o natural
  • El parentesco por afinidad en línea recta, sin limitación alguna (suegro, abuelo, nietos)
  • El adulterio y que haya sido judicialmente comprobado
  • El atentado contra la vida
  • La violencia o miedo graves
  • Enfermedades crónicas o incurables, que sean, además, contagiosas o hereditarias, siempre que no haya manifestación expresa del libre consentimiento de los contrayentes de tener conocimiento y desestimar formalmente dicho impedimento
  • El matrimonio subsistente

Impedimentos se Dispensan

De los impedimentos solo son dispensables la falta de edad requerida y el parentesco de consanguinidad en la línea colateral desigual, así como aquellos en los que este prevista la libre manifestación del consentimiento del o de los contrayentes, que desestimen formalmente el impedimento.

Zacatecanos que se Casen en el Extranjero

Tratándose de zacatecanos que se casan en el extranjero, dentro de 3 meses de su llegada al Estado, se transcribirá el acta de la celebración del matrimonio en la oficina del Registro Civil. Si la transcripción se hace dentro de esos 3 meses, sus efectos civiles se retrotraerán a la fecha en que se celebró el matrimonio; si se hace después, producirá efectos desde el día en que se hizo la transcripción.

Entradas relacionadas: