Derechos Civiles y Políticos: Igualdad de Género

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DERECHO DE LA MUJER, EL HOMBRE, LA (EL) NIÑA(O), IGUALDAD DE LOS HIJOS

Derechos civiles:

  • Derecho a la vida: Inherente a la persona, de manera que nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente, incluye al condenado a muerte.
  • Derecho a no estar sometido a la esclavitud y servidumbre: La mujer y el hombre no pueden ser constreñidos a ejecutar trabajo forzoso y obligatorio, la trata de esclavos y de mujeres está prohibida.
  • Derecho a la libertad y a la seguridad: Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personal, las mujeres tienen derecho a no estar sometidas a detención o encarcelamiento arbitrario, tienen derecho a ser informadas de las causas de su detención.
  • Principio de legitimidad y retroactividad: Nadie puede ser condenado por acciones que en el momento de cometerse, no fueran delitos, tampoco se puede imponer penas más graves que la aplicada en el momento del delito, si posterior al delito, la Ley dispone de una pena más leve, el delincuente se verá beneficiado.
  • Derecho a indemnización: Toda persona tiene derecho a ser indemnizada conforme a la ley, en caso de haber sido condenada en sentencia firme, por error judicial.
  • Protección a la honra y dignidad: Derecho al reconocimiento de la dignidad, el respeto a la honra y la protección de la ley contra las injerencias arbitrarias en la vida privada, en el domicilio, la correspondencia y ataques ilegales a la honra.
  • Libertad de pensamiento, expresión, conciencia y religión: La libertad de conciencia y religión incluye la libertad de tener o adoptar la religión, individual o colectivamente, en público o privado, mediante culto, ritos y otros. La libertad de pensamiento y de expresión comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, ya sea oral, escrita, impresa, artística, o por otro procedimiento.
  • Derecho a rectificación o respuesta: En caso de personas afectadas por informaciones inexactas o agraviantes emitidas en su perjuicio, se establece el derecho de rectificación o respuesta a través de medios de difusión que se dirijan al público en general.
  • Derecho a la protección de la familia: La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y del estado, vinculados a ellas se incluyen los derechos de contraer matrimonio, igualdad de derecho y de responsabilidad de los esposos, y la igualdad de los hijos legítimos e ilegítimos.

DERECHOS POLÍTICOS

  • Derecho a la participación en asuntos políticos: Se reconoce el derecho de todos los individuos y por ende la mujer, de participar en la dirección de asuntos políticos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos.

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