Derechos y Consecuencias de la Huelga Laboral: Todo lo que Necesitas Saber

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Efectos de la Huelga Laboral

Durante una huelga, se producen una serie de efectos que afectan tanto a los trabajadores como a los empresarios. A continuación, se detallan los principales:

  • Suspensión del contrato de trabajo: Durante la huelga, el contrato de trabajo se suspende y los trabajadores no tienen derecho a recibir su salario.
  • Situación de alta especial en la Seguridad Social: Los trabajadores en huelga se encuentran en una situación de alta especial en la Seguridad Social.
  • Prohibición de sustitución de huelguistas: El empresario no puede sustituir a los huelguistas por trabajadores que no estuviesen en la empresa al notificarse la huelga.
  • Respeto a la libertad de trabajo: Debe respetarse la libertad de trabajo para aquellos que no quieran sumarse a la huelga.
  • Garantía de seguridad: El comité de huelga debe garantizar la seguridad de las personas y los bienes.
  • Deber de negociación: Las partes en conflicto tienen el deber de negociar durante la huelga.
  • Sanciones por huelga ilegal: Cuando la huelga es ilegal, pueden imponerse sanciones a los trabajadores.

Cierre Patronal

El cierre patronal consiste en la clausura del centro de trabajo decidida por el empresario como instrumento de presión ante sus trabajadores. Se puede dar en las siguientes circunstancias:

  • Peligro de violencia para las personas o daños graves para las cosas.
  • Ocupación ilegal del centro de trabajo o peligro de que se produzca.
  • Inasistencia o irregularidades en el trabajo que impidan gravemente el proceso normal de producción.

El empresario tiene la obligación de comunicar el cierre a la autoridad laboral dentro de las 12 horas siguientes de haberlo realizado.

La huelga es un derecho fundamental de los trabajadores para la defensa de sus intereses. Se puede clasificar en legal o ilegal. Cuando la huelga es ilegal, puede ocasionar sanciones para los trabajadores, como la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados al empresario.

Procedimiento de Declaración de Huelga

Declaración de la huelga

Pueden acordar la declaración de huelga los propios trabajadores que vayan a participar en ella o sus representantes, quienes deben adoptar el acuerdo por mayoría.

Comunicación a la autoridad laboral y al empresario

Se debe comunicar mediante un escrito en el que se especifiquen los objetivos, las gestiones realizadas, la fecha de inicio y la composición del comité de huelga. La notificación se realizará por escrito con un plazo de preaviso de al menos 5 días naturales respecto al inicio. Será de 10 días cuando la huelga afecte a empresas de servicios públicos.

Constitución del comité de huelga

El comité de huelga es el órgano encargado de realizar cuantas actuaciones sean necesarias para la solución del conflicto.

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