Derechos y deberes de la responsabilidad parental

Clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 2,92 KB

RESP. PARENTAL: Conjunto de deberes y derechos que corresponden a los progenitores sobre la persona y bienes del hijo, para su protección, desarrollo y formación integral, mientras sea menor de edad y no se haya emancipado.

Principios generales

  • Interés superior del niño
  • Autonomía progresiva del hijo conforme a sus características psicofísicas, aptitudes y desarrollo. Mayor autonomía, menor representación de progenitor
  • Derecho del niño a ser oído y que su opinión sea tenida en cuenta según su edad y grado de madurez.

Titularidad y ejercicio de la responsabilidad parental

  • El ejercicio de la resp. parental corresponde:
  • Convivencia de ambos progenitores, a estos.
  • Cese de convivencia, divorcio de matrimonio, a ambos progenitores. El ejercicio se puede atribuir a uno solo de ellos, por voluntad de los progenitores, decisión judicial, en interés del hijo.
  • Muerte, aus. presunción de f., privación de la resp. par., suspensión de un progenitor. Al otro.
  • Hijo extramatrimonial con un solo vínculo filial, al único progenitor.
  • Hijo extramatrimonial con doble vínculo filial, pero uno establecido por declaración judicial, al otro. Progenitores de común acuerdo pueden decidir el ejercicio conjunto.

Actos que requieren consentimiento de ambos progenitores

  • Autorización hijos adolescentes (16-18) para contraer matrimonio.
  • Autorización para ingreso a comunidades religiosas, fuerzas armadas o de seguridad.
  • Autorización para salir del país o para cambio de residencia permanente en extranjero.
  • Autorización para estar en juicio, en los supuestos que no puede actuar por sí.
  • Administrar los bienes de los hijos.

Desacuerdos

  • En caso de desacuerdo entre los progenitores, cualquiera de ellos puede acudir al juez competente. Debe resolver por procedimiento más breve, previa audiencia al Min. Pub.
  • Si son reiterados, juez puede atribuirlo total o parcialmente a uno de los progenitores, o distribuir entre ellos sus funciones, por un plazo que no puede exceder los dos años.

Extinción

  • Muerte progenitor o hijo
  • Profesión del progenitor en instituto monástico
  • Alcanzar hijo mayoría de edad
  • Emancipación
  • Adopción del hijo.

Privación

  • Condena como autor, coautor, cómplice de un delito doloso contra la persona o bienes del hijo.
  • Abandono del hijo, dejándolo en estado de desprotección
  • Poner en peligro la seguridad, salud física o psíquica del hijo.
  • Haberse declarado el estado de adoptabilidad del hijo.

Suspensión

  • Declaración de Ausencia p.f.
  • Plazo de condena a prisión mayor de 3 años
  • Limitación de la capacidad por salud mental del progenitor.
  • Convivencia con tercero, por razones graves.

Entradas relacionadas: