Derechos Fundamentales y Competencias en el Ámbito Laboral
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Derechos Fundamentales y Libertades Públicas
Artículos 14 a 29 de la Constitución Española (CE):
- Protegidos por el recurso de inconstitucionalidad.
- Vinculan a todos los poderes públicos.
- Directamente exigibles.
- Exigibles ante la jurisdicción ordinaria.
- Desarrollo mediante Ley Orgánica.
- Proceso jurisdiccional especial y sumario.
- Tutelados mediante el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC).
Derechos de los Ciudadanos/Derechos Subjetivos
Artículos 31 a 38 de la CE:
- Protegidos por el recurso de inconstitucionalidad.
- Vinculan a todos los poderes públicos.
- Directamente exigibles.
- Exigibles ante la jurisdicción ordinaria.
- Desarrollo mediante Ley Ordinaria.
Principios Rectores de la Política Social y Económica
Artículos 39 a 52 de la CE:
- Protegidos por el recurso de inconstitucionalidad.
- Informan la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos.
Derechos Fundamentales y Contrato de Trabajo
Dignidad del Trabajador
Protección frente a ofensas verbales o físicas de naturaleza sexual y frente al acoso. Respeto en casos de registros sobre la persona y pertenencias del trabajador, en los que ha de estar presente un representante sindical u otro trabajador. Consideración debida a la dignidad humana del trabajador en las medidas de vigilancia y control que dicte el empresario. En los casos de movilidad funcional, en su adopción sin menoscabo de su dignidad.
Si no se respeta la dignidad del trabajador: Puede solicitar la existencia del contrato, solicitar al Juzgado de lo Social que anule la decisión lesiva del empresario. Posibilidad de iniciar acciones penales y constituye acoso laboral (mobbing).
Derecho a la Igualdad y a la No Discriminación
Debe respetarse tanto en el momento de la contratación como a lo largo de la vida del contrato.
En caso de incumplimiento: Se podrá solicitar el cese de las medidas discriminatorias y la indemnización por daños. Se podrá solicitar la resolución del contrato con derecho a indemnización. La legislación procesal admite la “inversión de la carga de la prueba”. Se establece que el trabajador que denuncie la discriminación tiene que aportar al menos indicios de que esta ha existido.
Derecho a la Intimidad y a la Propia Imagen
Derecho a la Libertad Ideológica y Religiosa
Derecho a la Libertad de Expresión
Competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas (CCAA) en Materia Laboral
El Estado tiene competencia exclusiva sobre:
Legislación Laboral
Sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las CCAA.
Legislación: Elaborar leyes y reglamentos.
CCAA: Ejecución de la legislación laboral. Están autorizadas para aprobar los reglamentos internos de organización de los servicios correspondientes. Se encargan de la ejecución de la mayor parte de las materias laborales. Hay ciertas materias cuya competencia sigue siendo del Estado: inmigración, emigración y materia de extranjeros. La competencia será del Estado, que conserva la función de alta inspección.
Legislación Básica y Régimen Económico de la Seguridad Social
Sin perjuicio de la ejecución sobre los servicios generales de la Seguridad Social.
Las CCAA pueden asumir competencias de ejecución sobre los servicios generales de la Seguridad Social. El TC ha considerado que la ejecución del régimen económico ha de ser una competencia compartida. El TC ha dictado que el Estado tiene la competencia ejecutiva sobre los siguientes temas:
- Gestión y control de la cotización.
- Recaudación de las cuotas y demás recursos.
Las CCAA pueden asumir otros actos respecto de la obligación de contribuir: inscripción de empresas, la afiliación, etc.