Derechos Fundamentales y Garantías Constitucionales del Ciudadano
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1. Garantías para los detenidos
a) El plazo: Nuestra Constitución
Nuestra Constitución establece que nadie puede ser detenido si no es por la orden de un funcionario público y competente. El plazo para poner a una persona detenida ante el juez competente es de 24 horas, pudiendo ampliarse hasta las 48 horas y no más que eso. En el caso de hechos calificados como terroristas, el plazo es de hasta 5 días de detención, pudiendo prorrogarse hasta un máximo de 10 días.
b) El lugar de detención
La Constitución señala que nadie puede ser detenido o sujeto a prisión preventiva si no es en su casa o en lugares públicos destinados a este objeto. Para aquellos que son detenidos en lugares públicos, existen las siguientes garantías:
- Debe quedar constancia de la orden y un registro en el lugar donde el detenido será ingresado.
- Queda prohibido que a un detenido se le prive de comunicación.
c) Juramento
Ningún imputado, detenido o egresado puede ser obligado a declarar bajo juramento sobre un hecho propio. Esta declaración sobre un hecho propio debe ser estrictamente voluntaria.
d) Indemnización por error judicial
Todo individuo que fue procesado y que fue condenado existiendo un error judicial podrá demandar al Estado por indemnización de perjuicios, según lo establecido en el Artículo 19, letra i.
2. Protección a la intimidad de la persona
Dentro de la integridad y seguridad de la persona, encontraremos los siguientes derechos fundamentales:
- a) Inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada.
- b) Respeto y protección de la vida privada.
3. Libertades Económicas
Dentro del marco de las libertades económicas, se reconocen:
- a) Derecho a adquirir todo tipo de bienes.
- b) El derecho de propiedad.
- c) Derecho a desarrollar cualquier actividad económica.
- d) Derecho a la propiedad.
4. Libertades Intelectuales
El ordenamiento jurídico protege las siguientes facultades:
- a) Derecho a informar y derecho de opinión.
- b) Libertades religiosas.
- c) Libertad de enseñanza.
- d) Derecho de petición.
- e) Respeto y protección a la honra de la persona y su familia.
- f) Derecho de reunión.
- g) Derecho de asociación.
5. Derechos Sociales
Se garantizan los siguientes derechos en el ámbito social:
- Derecho a la educación.
- Libertad de trabajo.
- Derecho a sindicarse.
- Derecho a la negociación colectiva.
- Derecho a la seguridad social.
- Derecho a la protección de los adultos.
6. Igualdades
Se establecen los principios de igualdad en las siguientes dimensiones:
- Igualdad ante la ley.
- Igualdad ante la justicia.
- Igualdad ante los cargos públicos.
- Igualdad ante las cargas públicas.