Derechos Fundamentales y Procedimientos Legales en España: Una Mirada a la Constitución y la Ley de Seguridad Privada

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Derechos Fundamentales en la Constitución Española

Artículo 15: Derecho a la Vida y a la Integridad

Se garantiza el derecho a la vida y a la integridad física y moral. Queda abolida la pena de muerte.

Artículo 17: Derecho a la Libertad y Seguridad

  1. Toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad.
  2. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.
  3. Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales, en los términos que la ley establezca.
  4. La ley regulará un procedimiento de habeas corpus para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente.

Artículo 18: Derecho al Honor, Intimidad y Propia Imagen

  1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
  2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.
  3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
  4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

Artículo 24: Derecho a la Tutela Judicial Efectiva

  1. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.
  2. Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.

Principios de Actuación del Personal de Seguridad Privada (Artículo 30)

  • Legalidad
  • Integridad
  • Dignidad en el ejercicio de sus funciones
  • Corrección en el trato con los ciudadanos
  • Congruencia
  • Proporcionalidad
  • Reserva profesional
  • Colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado

Los cacheos deberán ser justificados (racionales), proporcionales (mismo sexo) y legales, fijados por la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada y el Reglamento de Seguridad Privada, artículo 76.1.

Delitos Flagrantes y Persecución del Delincuente

Se considera delito flagrante cuando:

  1. El delincuente es descubierto en la realización del hecho punible.
  2. El delincuente acaba de cometer el hecho punible y es descubierto.
  3. El delincuente ha huido y ha sido identificado durante o después del hecho punible, sea por el agraviado o por otra persona que haya presenciado el hecho, o por medio visual, dentro de las 24 horas de producido el hecho.
  4. El delincuente es encontrado dentro de las 24 horas con objetos del delito después de la perpetración del mismo.

Derecho Procesal: Las Denuncias

Tipos de denuncias:

  1. Verbal: Llamada por teléfono (112/090).
  2. Escrita: Telemáticamente online por la plataforma de la comisaría o en registro.
  3. Personal: In situ en comisaría o juzgado de guardia.
  4. Apoderado: Mediante un representante legal, que puede ser un familiar a través de notario.

Tipos de Delitos

  • Lesiones
  • Vejaciones
  • Defraudación
  • Apropiación indebida
  • Falsedad documental
  • Daño al patrimonio

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