Derechos y Garantías en la Constitución Nacional Argentina
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Nuevos derechos y garantías: Nuevo capítulo de la Constitución Nacional
Incorporado en la reforma del 94. También trata que hay figuras procesales ya conocidas anteriormente.
Derechos Ambientales
Artículo 41 de la CN, consisten en el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano. Las autoridades lo proveen. La Constitución proclama como deber primario preservar el medio ambiente, con obligación de recomponer el daño causado.
Derechos del Consumidor
Artículo 42, declara el derecho de los consumidores y usuarios de bienes y servicios a la protección de su salud, seguridad, a una información adecuada y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno. También establece que las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, a la calidad y eficacia de los servicios públicos y a la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios. El objetivo de estas asociaciones es lograr una paridad entre oferentes y usuarios o consumidores.
Ley
- Iniciativa: Nace en una condición de diputados o senadores o por iniciativa popular, aceptado en la reforma del 94
- Sanción: Discusión de proyecto de ley de ambas cámaras y si las dos la sancionan favorablemente se obtiene la sanción completa (Poder legislativo)
- Promulga: Luego pasa al poder Ejecutivo para ser revisada y puede aprobarlo, la promulga o puede ejercer el derecho de VETO, le introduce modificaciones en todo o en parte y vuelve el proyecto de ley al Legislativo.
- Publicación: Una vez que el Ejecutivo la promulga es publicada en el boletín oficial de la nación o provincial, según la jurisdicción. Esta publicación se hace por 8 días. También se publica en diarios de mayor tirada nacional.
- Vigencia: La ley entra en vigencia después de su publicación con efecto hacia el futuro, no retroactivamente sobre hechos ocurridos durante la vigencia de la ley anterior. Se convierte en obligatoria y debe ser reglamentada.