Derechos y Garantías en la Constitución Nacional Argentina: Ejemplos Prácticos

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SUFRAGIO

Art. 37 CN

Esta Constitución garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en consecuencia. El sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio. La igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios se garantizará por acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y en el régimen electoral.

  • Un joven de 18 años ejerciendo su derecho a elegir a sus representantes.
  • Un joven de 16 años ejerciendo su derecho al voto de manera optativa.

AUDIENCIA PÚBLICA

La Constitución Nacional no lo incluye, aparece solamente en algunos procedimientos.

  • Por ejemplo, el Ministerio de Transporte puede convocar a una audiencia pública para decidir cambios en el recorrido de un medio de transporte y escuchar a todas las opiniones interesadas.
  • Un grupo de ciudadanos llaman a audiencia pública para tratar el aumento de la tarifa del gas.

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Art. 86 CN

El Defensor del Pueblo es un órgano independiente instituido en el ámbito del Congreso de la Nación, que actuará con plena autonomía funcional, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad. Su misión es la defensa y protección de los derechos humanos y demás derechos, garantías e intereses tutelados en esta Constitución y las leyes, ante hechos, actos u omisiones de la Administración; y el control del ejercicio de las funciones administrativas públicas. El Defensor del Pueblo tiene legitimación procesal. Es designado y removido por el Congreso con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de cada una de las Cámaras. Goza de las inmunidades y privilegios de los legisladores. Durará en su cargo cinco años, pudiendo ser nuevamente designado por una sola vez. La organización y el funcionamiento de esta institución serán regulados por una ley especial.

  • Una queja sobre denegación de plaza en centro público de enseñanza presentada por un ciudadano.
  • Un ciudadano reclama por la contaminación existente en su entorno y por la falta de regulación del gobierno.
  • Índole comercial.

DERECHOS DEL CONSUMIDOR

Art. 42 CN

Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno. Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios. La legislación establecerá procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, en los organismos de control.

  • Si un ciudadano compra un automóvil y presenta fallas de funcionamiento, tiene derecho a que realicen la reparación gratuita del mismo durante el plazo de la garantía legal. Vencido el plazo de la garantía, tiene derecho a que le provean un servicio técnico adecuado para la reparación, debiendo asegurarse el suministro de repuestos.

MORAL

Art. 43 CN

Ídem

  • Una firma comercial reclamando que se le otorgue el certificado de importación necesario para poder ingresar al país las mercaderías que tiene inmovilizadas en el Puerto de Buenos Aires.

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